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MEF designa 12 agentes de percepción del IGV en adquisición de combustibles

ANEXO D.S. N° 131-2026-EF · ECONOMÍA Y FINANZAS · El Peruano · 14 de julio de 2026

Anexos del D.S. N° 131-2026-EF, mediante el cual se designan y excluyen agentes de percepción del Régimen de Percepciones del Impuesto General a las Ventas aplicable a la adquisición de combustibles

Resumen

Formaliza el padrón de distribuidoras mayoristas como Agentes de Percepción del IGV en combustibles e identifica 5 contribuyentes excluidos. Rige desde su publicación el 14 de julio de 2026.

A quién impacta

Los 12 contribuyentes designados deben retener y declarar el IGV en origen en cada venta de combustibles; los 5 excluidos quedan liberados de esta obligación.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

tributarioigvcombustiblesagentes de percepción

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