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IPD precisa vigencia de cuatro años para acreditación de Deportista Calificado de Alto Nivel

DECRETO SUPREMO N° 006-2026-MINEDU · EDUCACIÓN · El Peruano · 22 de mayo de 2026

Decreto Supremo que modifica el artículo 6 del Reglamento de la Ley N.° 27674, Ley que establece el acceso de Deportistas de Alto Nivel a la Administración Pública, aprobado por el Decreto Supremo N.° 089-2003-PCM

Resumen

Modifica el Reglamento de la Ley N° 27674 para establecer que el reconocimiento de Deportista Calificado de Alto Nivel tiene vigencia de cuatro años y puede presentarse ante entidades públicas. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Deportistas reconocidos por el IPD: informarse sobre la vigencia cuatrienal de su acreditación y renovarla antes del vencimiento si requieren mantener su condición de calificados.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

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