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MINEM suspende inscripciones de distribuidores de combustibles en Madre de Dios hasta abril de 2029

DECRETO SUPREMO N° 009-2026-EM · ENERGÍA Y MINAS · El Peruano · 26 de junio de 2026

Decreto Supremo que aprueba controles especiales para las actividades de comercialización de hidrocarburos que pueden ser utilizados en la minería ilegal en el departamento de Madre de Dios y zonas aledañas

Resumen

Aprueba controles especiales para comercialización y transporte de hidrocarburos en Madre de Dios, San Gabán, Ayapata y Camanti, a fin de prevenir desvío hacia minería ilegal. Congela nuevas inscripciones en el Registro de Hidrocarburos hasta el 26 de abril de 2029; rige desde el 26 de junio de 2026.

A quién impacta

Establecimientos de venta al público, transportistas y distribuidores: expender combustible solo mediante surtidor directo a vehículos o a sujetos registrados en SUNAT (máx. 110 galones diarios), con registro de DNI y placa vehicular en comprobante.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

minería ilegalhidrocarburoscomercializaciónmadre de dios

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