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Ministerio de Relaciones Exteriores ratifica Tratado de Libre Comercio con Guatemala

DECRETO SUPREMO N° 023-2026-RE · RELACIONES EXTERIORES · El Peruano · 29 de mayo de 2026

Decreto Supremo que ratifica el “Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Guatemala” y el “Protocolo al Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Guatemala”

Resumen

Ratifica el Tratado de Libre Comercio entre Perú y Guatemala (2011) y su Protocolo (2025). El Ministerio debe publicar ambos textos íntegros en El Peruano con la fecha de entrada en vigor.

A quién impacta

Operadores económicos e importadores: informarse sobre aranceles y acceso a mercados con Guatemala en el texto publicado en El Peruano.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el “Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Guatemala” fue suscrito en la ciudad de Guatemala, República de Guatemala, el 6 de diciembre de 2011;
Que, el “Protocolo al Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Guatemala” fue suscrito en la ciudad de Lima, República del Perú, el 23 de abril de 2025;
Que, en virtud del numeral 41.2 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, el presente Decreto Supremo se encuentra excluido del alcance del AIR Ex Ante por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación interna de los citados tratados;
Estando al Informe (DGT-TJI) Nº 019-2026; y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118, inciso 11 de la Constitución Política del Perú y por el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Se ratifica el “Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Guatemala”, suscrito el 6 de diciembre de 2011, en la ciudad de Guatemala, República de Guatemala y el “Protocolo al Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Guatemala”, suscrito el 23 de abril de 2025 en la ciudad de Lima, República del Perú.
Artículo 2.- Publicación
El Ministerio de Relaciones Exteriores proceda a publicar en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley Nº 26647, el texto íntegro del Tratado y el Protocolo y la fecha de su entrada en vigor.
Artículo 3.- Dar cuenta al Congreso
Se dé cuenta al Congreso de la República.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
CARLOS JOSÉ PAREJA RÍOS
Ministro de Relaciones Exteriores
2520332-2

comercio exteriortratadosaranceles

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