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IGN efectúa pago de cuota internacional al IPGH por US$ 6 794,00

DECRETO SUPREMO N° 036-2026-RE · RELACIONES EXTERIORES · El Peruano · 25 de julio de 2026

Decreto Supremo que autoriza al Instituto Geográfico Nacional a efectuar el pago de la cuota internacional no contemplada en el Anexo B de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026

Resumen

Aprueba la cuota internacional a favor del Instituto Panamericano de Geografía e Historia y autoriza al Instituto Geográfico Nacional a ejecutar el pago con cargo a su presupuesto 2026. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

IGN debe ejecutar el pago de US$ 6 794,00 al IPGH dentro del año fiscal 2026 con cargo a Recursos Ordinarios de su pliego presupuestal.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, se aprueba el Anexo B: Cuotas Internacionales para el Año Fiscal 2026, en el que se detallan las entidades y montos que corresponden a las cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2026;
Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.4 del artículo 1 de la mencionada Ley, las cuotas internacionales no contempladas en el Anexo B se aprueban de acuerdo a la formalidad prevista en el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y se financian con cargo al presupuesto institucional del pliego respectivo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;
Que, en atención a la formalidad establecida en el numeral 69.2 del artículo 69 del referido Decreto Legislativo, el pago de las cuotas internacionales no contempladas en el Anexo B, se aprueban mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último;
Que, mediante el Oficio Nº 00830-2026-MINDEF/DM, de fecha 22 de junio de 2026, el Ministerio de Defensa remite al Ministerio de Relaciones Exteriores el proyecto de decreto supremo que aprueba la cuota internacional a favor del Instituto Panamericano de Geografía e Historia – IPGH y autoriza al Instituto Geográfico Nacional - IGN efectúe el pago de la cuota internacional no contemplada en el Anexo B de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios;
Que, en el presupuesto del Pliego 332: Instituto Geográfico Nacional - IGN, se han previsto recursos para el pago de la cuota internacional a favor del del Instituto Panamericano de Geografía e Historia – IPGH; por lo que corresponde emitir el Decreto Supremo que autorice dicho pago;
Que, en virtud del literal a) del numeral 41.1 del artículo 41 del Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, el presente decreto supremo se considera excluido del alcance del Análisis de Impacto Regulatorio-AIR Ex Ante;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación
Se aprueba la cuota internacional a favor del Instituto Panamericano de Geografía e Historia – IPGH.
Artículo 2.- Autorización
Se autoriza al Instituto Geográfico Nacional – IGN, a efectuar el pago de la cuota internacional no contemplada en el Anexo B de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle:
PLIEGO PRESUPUESTAL
MONEDA
MONTO
PERSONA JURÍDICA
332: Instituto Geográfico Nacional
Dólares Estadounidenses
US$ 6 794,00
Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH)
Artículo 3.- Afectación presupuestal
Se dispone que los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto supremo se ejecuten con cargo al presupuesto de Pliego 332: Instituto Geográfico Nacional.
Artículo 4.- Equivalencia en moneda nacional
Se dispone que la equivalencia en moneda nacional sea la establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.
Artículo 5.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Defensa.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de julio del año dos mil veintiséis.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO
Ministro de Defensa
CARLOS JOSÉ PAREJA RÍOS
Ministro de Relaciones Exteriores
2538175-6

instituto geográfico nacionalpresupuestocuotas internacionales

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