informativogobierno

MEF transfiere hasta S/ 8 723 960 al OECE para continuar proyecto de contratación pública

DECRETO SUPREMO · nº 189-2026-ef · El Peruano · 13 de septiembre de 2026

Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE)

Resumen

Los recursos, por Recursos Ordinarios y en gasto de capital, salen de la Unidad Ejecutora 002 Administración de la Deuda del MEF y financian la continuidad del proyecto con CUI N° 2394412 durante el Año Fiscal 2026.

A quién impacta

MEF y OECE: aprobar la desagregación de recursos dentro de los cinco días calendario desde la vigencia del decreto; no genera obligaciones para particulares.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que, con el fin de financiar la implementación de las políticas públicas, se autoriza, excepcionalmente, en el presente Año Fiscal, a los Ministerios y a las entidades que pertenezcan a su Sector, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, entre el respectivo ministerio y las entidades de su Sector o entre estas últimas; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último. Asimismo, establece que las citadas modificaciones presupuestarias se financian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio respectivo y de las entidades que pertenezcan a su Sector, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;
Que, el numeral 18.2 del artículo 18 de la citada Ley dispone que, en el caso de que la implementación de las políticas públicas financiadas genere gastos en los años fiscales subsiguientes, los pliegos habilitadores y/o habilitados, según corresponda, son responsables de garantizar la sostenibilidad de las intervenciones con cargo a su Asignación Presupuestaria Multianual, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, bajo responsabilidad del titular de los pliegos involucrados;
Que, mediante el Memorando N° 0771-2026-EF/13.01, la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas adjunta el Informe Nº 0162-2026-EF/41.03 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, mediante el cual, en atención al Oficio N° D000155-2026-OECE-PRE del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), se solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del OECE, para financiar la continuidad de la ejecución del proyecto de inversión con CUI N° 2394412: “Mejoramiento de la capacidad para la generación del conocimiento y mejora continua en la gestión de la contratación pública Centro Poblado de Jesús María – Distrito de Jesús María – Provincia de Lima – Región Lima”, contribuyendo con el cumplimiento de los objetivos prioritarios de la Política Nacional de Transformación Digital al 2030 aprobada mediante el Decreto Supremo N° 085-2023-PCM, conforme a lo establecido en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;
Que, mediante el Informe N° 0342-2026-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión técnica favorable respecto al proyecto de inversión con CUI N° 2394412, en el marco de los alcances del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, de acuerdo a lo establecido en el artículo 44 de la Directiva N° 001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 8 723 960,00 (OCHO MILLONES SETECIENTOS VEINTITRÉS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), para financiar los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 8 723 960,00 (OCHO MILLONES SETECIENTOS VEINTITRÉS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), para financiar la continuidad del proyecto de inversión con CUI N° 2394412: “Mejoramiento de la capacidad para la generación del conocimiento y mejora continua en la gestión de la contratación pública Centro Poblado de Jesús María – Distrito de Jesús María – Provincia de Lima – Región Lima”, conforme lo establecido en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 002 : Administración de la Deuda
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos
ACTIVIDAD 5001249 : Suscripción de Acciones y Contribuciones
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.7 Adquisición de Activos Financieros 8 723 960,00
============
TOTAL EGRESOS 8 723 960,00
============
A LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 059 : Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE)
UNIDAD EJECUTORA 001 : Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE)
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0149 : Mejora del desempeño en las
Contrataciones Públicas
PROYECTO 2394412 : Mejoramiento de la capacidad para la
generación del conocimiento y mejora
continua en la gestión de la contratación pública Centro Poblado de Jesús María – Distrito de Jesús María – Provincia de Lima – Región Lima
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 8 723 960,00
============
TOTAL EGRESOS 8 723 960,00
============
Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional
2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de setiembre del año dos mil veintiséis.
KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI
Presidenta de la República
ELMER RAFAEL CUBA BUSTINZA
Ministro de Economía y Finanzas
2554057-2

transferencia de partidaspresupuesto públicooece

Normas relacionadas

informativofinancieroEl Peruano

Autorizan transferencia financiera de recursos a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura – ANIN

RESOLUCIÓN MINISTERIAL 407-2026-MINEM/DM

El MINEM autoriza una transferencia financiera de recursos a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN). Se trata de un movimiento de recursos públicos entre entidades.

informativoeducativoEl Peruano

MEF autoriza transferir S/ 373 274 481 al Minedu ante el Fenómeno El Niño 2026-2027

DECRETO SUPREMO · nº 195-2026-ef

Los recursos, de la Reserva de Contingencia, financian 1 500 kits de infraestructura educativa modular provisional y 165 kits de pararrayos, entre otros gastos de prevención y mitigación; no pueden destinarse a fines distintos.

informativogobiernoEl Peruano

MEF transfiere S/ 79,35 millones de la ONP a su Reserva de Contingencia

DECRETO SUPREMO 194-2026-EF

Reduce el presupuesto 2026 de la ONP para la administración de Bonos de Reconocimiento e incrementa en S/ 79 352 690,00 la Reserva de Contingencia del MEF, con cargo a Recursos Ordinarios.

informativogobiernoEl Peruano

Aprueban reducción del Marco Presupuestal en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional Amazonas

ACUERDO 150-2026-GRA/CR-SO

El Consejo Regional de Amazonas aprueba reducir el Marco Presupuestal de sus unidades ejecutoras en la fuente Recursos Directamente Recaudados. Es un ajuste presupuestal interno.

informativoeducativoEl Peruano

MEF autoriza transferir S/ 1 037 343 del Minedu a la Universidad Perla del Vilcanota

DECRETO SUPREMO 192-2026-EF

Los recursos, por la fuente Recursos Ordinarios, financian la implementación inicial y operatividad de la universidad entre setiembre y diciembre de 2026, y no pueden destinarse a fines distintos.