Municipalidades pueden vender puestos de mercados a arrendatarios actuales

LEY N° 32738 · CONGRESO DE LA REPÚBLICA · El Peruano · 25 de julio de 2026

Ley que modifica la Ley 28181, Ley de transferencias de puestos, establecimientos y/o servicios de mercados municipales, para precisar su aplicación

Resumen

Modifica la Ley 28181 para permitir que municipios provinciales y distritales vendan puestos y servicios de mercados de su propiedad a ocupantes actuales conforme a la Ley 26569. Rige desde el 25 de julio de 2026.

A quién impacta

Municipalidades provinciales y distritales: adecuar ordenanzas y concluir procesos de venta derivados de la Ley 26569 dentro de seis meses desde la vigencia de esta ley, bajo responsabilidad funcional.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

municipalmercadostransferencia de servicios

Normas relacionadas