relevantecomercial

INACAL aprueba la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 19011:2026 sobre auditoría de sistemas de gestión

RESOLUCIÓN DIRECTORAL 000015-2026-INACAL/DN · El Peruano · 12 de agosto de 2026

Aprueban Norma Técnica Peruana sobre Directrices para la auditoría de los sistemas de gestión

Resumen

Reemplaza la NTP-ISO 19011:2018 (revisada 2024) por su versión 2026 (4ª Edición), alineada con el estándar internacional ISO 19011. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Auditores y organizaciones que realicen auditorías de sistemas de gestión pueden informarse sobre las directrices actualizadas; su adopción es voluntaria según necesidades de certificación o terceros.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

San Isidro, 20 de julio del 2026
VISTO: El acta de fecha 10 de julio de 2026 del Comité Permanente de Normalización;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad;
Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad;
Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que, el órgano de línea a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos afines;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, la Dirección de Normalización es la Autoridad Nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas y textos afines a las actividades de normalización a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones, la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como su difusión;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, el Comité Técnico de Normalización en materia de: a) Gestión y aseguramiento de la calidad, propone aprobar 01 Proyecto de Norma Técnica Peruana y dejar sin efecto 01 Norma Técnica Peruana; sustentando ello en el informe que figura en el expediente correspondiente;
Que, mediante el Informe N° 012-2026-INACAL/DN.PN de fecha 09 de julio de 2026, la Dirección de Normalización señaló que el Proyecto de Norma Técnica Peruana, descrito en el considerando precedente ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 20 de la Ley N° 30224;
Que, con base al informe del Comité Técnico de Normalización y al informe de la Dirección de Normalización descrito precedentemente, el Comité Permanente de Normalización conformado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 104-2023-INACAL/PE y renovado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000088-2025-INACAL/PE; en sesión de fecha 10 de julio del año 2026, acordó por unanimidad aprobar 01 Norma Técnica Peruana, y dejar sin efecto 01 Norma Técnica Peruana;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la siguiente Norma Técnica Peruana por los fundamentos de la presente resolución, conforme al procedimiento establecido en la Ley N° 30224:
NTP-ISO 19011:2026 Directrices para la auditoría de los sistemas de gestión. 4a Edición
Reemplaza a la NTP-ISO 19011:2018 (revisada el 2024)
Artículo 2.- Dejar sin efecto la siguiente Norma Técnica Peruana:
NTP-ISO 19011:2018 (revisada el 2024) Directrices para la auditoría de los sistemas de gestión. 3ª Edición
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA DEL ROSARIO URÍA TORO
Directora de la Dirección de Normalización
Instituto Nacional de Calidad
2541868-1

normas técnicasauditoríasistemas de gestión

Normas relacionadas

relevantefinancieroEl Peruano

Contraloría incorpora proyecto de igualdad de género al tarifario de auditoría financiera

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA 423-2026-CG

Incorpora al Anexo N° 2 de la Resolución N° 237-2021-CG el proyecto "Promoviendo la igualdad entre hombres y mujeres en la administración pública" del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobando la tarifa de retribución, IGV y derechos de supervisión de la sociedad de auditoría. Rige desde el día hábil siguiente a su publicación en El Peruano.

relevantefinancieroEl Peruano

Contraloría incluye a FONAFE en el tarifario de auditoría para 2026-2028

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA 422-2026-CG

Agrega al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado al Anexo N° 1 de la Resolución N° 237-2021-CG y aprueba la tarifa de retribución económica, IGV y derecho de designación de sociedades de auditoría. Rige desde el día hábil siguiente a su publicación en El Peruano.

relevantefinancieroEl Peruano

Contraloría incluye cinco empresas de generación eléctrica en tarifario de auditoría 2026-2028

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA 424-2026-CG

Incorpora a ELECTRO PERÚ, EGASA, EGEMSA, EGESUR y SAN GABÁN al Anexo N° 2 de la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG. Aprueba tarifa de retribución, IGV y derecho de supervisión de auditorías; rige al día siguiente de su publicación en El Peruano.

relevantefinancieroEl Peruano

Contraloría incorpora a Editora Perú y Activos Mineros S.A.C. al tarifario de auditoría gubernamental

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA 425-2026-CG

Se agregan dos entidades al Anexo N° 2 de la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG. Ambas deben transferir recursos para financiar auditorías en 2026, 2027 y 2028; rige al día hábil siguiente de su publicación.

relevantesaludEl Peruano

IPEN precisa requisito de titulación estatal para operadores de rayos X

RESOLUCIÓN N° D000084 -2026-IPEN-PRES · INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR

Modifica la Norma Técnica Nº IR.003.2013 para exigir que la titulación del operador provenga de institución educativa reconocida por el Estado. Rige desde su publicación en El Peruano.