Ministerio de Cultura determina protección provisional del Sitio Arqueológico Socro sector 1 y 2

RESOLUCION DIRECTORAL N° 000132-2026-DGPA-VMPCIC/MC · CULTURA · El Peruano · 16 de mayo de 2026

Determinan la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Socro sector 1 y 2, ubicado en el distrito de Marcapomacocha, provincia de Yauli, departamento de Junín

Resumen

Establece protección provisional por dos años (tres si hay afectación a derechos de pueblos indígenas) del sitio arqueológico ubicado en Marcapomacocha, Junín. Surtirá efectos desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín debe ejecutar cese de excavaciones clandestinas, amontonamiento de tierra y cercos sobre estructuras prehispánicas, e instalar señalización. Dirección General de Patrimonio Arqueológico debe iniciar trámite de declaración y delimitación definitiva dentro de dos años (o tres con consulta previa), prorrogable.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

patrimonio arqueológicoprotección de bienes culturalesrestricciones de uso

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