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DICAPI inaplica cobros de derechos de vigencia anual en áreas acuáticas fluviales y lacustres

RESOLUCION DIRECTORAL N° 237-2026 MGP/DICAPI · DEFENSA · El Peruano · 25 de abril de 2026

Disponen en cumplimiento a lo resuelto mediante Resolución N° 0135-2026/SEL-INDECOPI, la inaplicación de barreras burocráticas declaradas ilegales, al caso en concreto de Astillero Henry E.I.R.L., Flor de María Flores viuda de Colomé y Terminal Portuario Fluvial Henry E.I.R.L.; así como su inaplicación con efectos generales

Resumen

Inaplica el cobro de derechos de vigencia anual por uso de área acuática en ríos y lagos para astilleros, varaderos y atracaderos, cuya cuantía fue declarada ilegal por INDECOPI. Rige desde el 1 de marzo de 2026.

A quién impacta

Astilleros, varaderos y atracaderos en ríos y lagos: cesen de recibir liquidaciones o resoluciones de determinación por derechos de vigencia anual a partir del 1 de marzo de 2026.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

indecopibarrera burocráticapuertosefectos generales

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