Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.
LA TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, ENCARGADA DEL
DESPACHO DE ALCALDÍA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; en uso de las facultades previstas según artículos los 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 046-2026-MML/CMDUVN; por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución:
Ha dado la ordenanza siguiente:
Artículo 1.- Aprobar el cambio de zonificación: de Comercio Zonal (CZ) a Educación Básica (E1), para el predio de 1,501.44 m², ubicado en Jr. Loma de los Crisantemos, lotes 5, 6 y 7 de la manzana W-4, urbanización Prolongación Benavides – tercera etapa – zona B, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; inscrito en la Partida Nº 14250856 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima; solicitado por la Asociación Educativa Benavides a través del Expediente Nº 2025-0220729; conforme a lo graficado en el anexo que forma parte de la presente ordenanza.
Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporar la modificación aprobada en el artículo precedente en el plano de zonificación del distrito de Santiago de Surco, aprobado mediante Ordenanza Nº 912, publicada el 3 de marzo del 2006 en el diario oficial El Peruano.
Artículo 3.- Disponer la notificación de la presente ordenanza a la administrada y a la municipalidad distrital de la jurisdicción.
Artículo 4.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría de Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y, a la Oficina de Gobierno Digital, la publicación de la misma, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: https://transparencia.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario oficial.
POR TANTO:
Al promulgarla, mando se registre, publique, comunique y cumpla.
Dada en el Palacio Municipal de Lima, a los treinta días de julio de dos mil veintiséis.
FABIOLA MARÍA MORALES CASTILLO
Teniente Alcalde
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