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Gobierno Regional Cajamarca prorroga ciento veinte días la implementación del nuevo ROF

ORDENANZA N° D6-2026-GR.CAJ/CR · GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA · El Peruano · 20 de junio de 2026

Ordenanza Regional que prorroga el plazo de implementación del ROF, aprobado mediante Ordenanza Regional N° D13-2025-GR.CAJ/CR, modificada por Ordenanza Regional N° D1-2026-GR.CAJ/CR

Resumen

Suspende la entrada en vigencia del Reglamento de Organización y Funciones aprobado en 2025, mantiene vigente la estructura anterior, y extiende el plazo de implementación ciento veinte días calendario desde el 3 de mayo de 2026 en tanto se aprueben los instrumentos complementarios.

A quién impacta

Dirección Regional de Administración y Personal: culminar procedimientos de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal y Manual de Perfiles de Puestos dentro de los ciento veinte días prorrogados.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Cajamarca, 8 de mayo de 2026
EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
VISTO:
El Dictamen D14-2026-GR.CAJ/COAJ de la Comisión Ordinaria de Asuntos Jurídicos del Consejo Regional, mediante el cual se propone prórroga el plazo de implementación progresiva del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y estructura orgánica del Gobierno Regional Cajamarca; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 191° de la Constitución Política del Perú y la Ley N° 27867, los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa;
Que, el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar y modificar normas de carácter regional, conforme al artículo 15° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;
Que, mediante Ordenanza Regional N° D13-2025-GR.CAJ/CR se aprobó la actualización del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la estructura orgánica del Gobierno Regional Cajamarca;
Que, posteriormente, mediante Ordenanza Regional N° D1-2026-GR.CAJ/CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 03 de marzo de 2026, se modificó el artículo tercero de la Ordenanza Regional N° D13-2025-GR.CAJ/CR, disponiéndose que la implementación del ROF se realice de manera progresiva dentro del plazo de sesenta (60) días calendario, computados a partir del día siguiente de su publicación, plazo que venció el 02 de mayo de 2026;
Que, a la fecha, no se han culminado ni aprobado integralmente los instrumentos de gestión necesarios, tales como el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y el Manual de Perfiles de Puestos (MPP), lo que imposibilita la implementación plena de la nueva estructura organizacional;
Que, conforme al Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS y sus modificatorias, la actuación de la administración pública se rige por los principios de legalidad, razonabilidad, eficacia, predictibilidad y continuidad del servicio público;
Que, en ese sentido, la no culminación de los instrumentos de gestión complementarios constituye una causa objetiva y debidamente acreditada que impide la implementación plena del ROF, por lo que la prórroga del plazo se configura como una medida necesaria, idónea y proporcional para garantizar la continuidad del servicio público, la seguridad jurídica y la validez de los actos administrativos que emita la entidad;
Que, adicionalmente, la implementación de la nueva estructura organizacional sin contar con los instrumentos de gestión debidamente aprobados podría generar riesgos en la validez de los actos administrativos y afectar el normal funcionamiento institucional, por lo que resulta jurídicamente necesario adoptar medidas preventivas como la prórroga del plazo de implementación;
Que, en atención a los principios de continuidad del servicio público, razonabilidad y eficacia administrativa, resulta necesario prorrogar el plazo previsto en la Ordenanza Regional N° D1-2026-GR.CAJ/CR, a fin de evitar afectaciones en la prestación de servicios públicos y garantizar una transición ordenada;
Estando a las atribuciones conferidas por la Ley N° 27783, la Ley N° 27867 y el Reglamento Interno del Consejo Regional, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta y con el voto mayoritario del Pleno del Consejo Regional;
Artículo Primero.- PRORROGAR por el plazo de ciento veinte (120) días calendario, contados a partir del 3 de mayo de 2026, el plazo de implementación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado mediante Ordenanza Regional N° D13-2025-GR.CAJ/CR, modificada por Ordenanza Regional N° D1-2026-GR.CAJ/CR; en tanto se aprueben y entren en vigencia los instrumentos de gestión complementarios (CAP y MPP), garantizando la continuidad del servicio público y la legalidad de la gestión institucional.
Artículo Segundo.- PRECISAR que, como consecuencia de la prórroga dispuesta en el artículo precedente, se mantiene vigente de manera transitoria el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Ordenanza Regional N° 005-2017-GR.CAJ/CR y sus modificatorias, a fin de garantizar la continuidad del servicio público y evitar vacíos funcionales.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración y Dirección Regional de Personal la culminación de los procedimientos para la implementación del ROF aprobado por Ordenanza Regional N° D13-2025-GR.CAJ/CR.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario de mayor circulación regional, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 29091 y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría de Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca la publicación de la presente Ordenanza Regional en el portal institucional www.regioncajamarca.gob.pe.
Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Cajamarca para su promulgación.
Dado en la Cajamarca, a los 7 días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.
JESUS SALVADOR CASTREJÓN PALOMINO
Consejero Delegado
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en Cajamarca, en la sede central del Gobierno Regional.
ROGER GUEVARA RODRIGUEZ
Gobernador Regional
2527076-1

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