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OTASS deroga directivas sobre transferencias financieras del Decreto de Urgencia 036-2020

RESOLUCIÓN 000005-2026-OTASS-CD · El Peruano · 12 de agosto de 2026

Derogan las Res. N° 007-2020-OTASS/CD y la Res. N° 020-2022-OTASS-CD sobre transferencias financieras en el marco del D.U. N° 036-2020

Resumen

Deroga dos resoluciones (2020 y 2022) que regulaban aprobación, seguimiento y liquidación de transferencias financieras bajo el Decreto de Urgencia N° 036-2020. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

OTASS y sus unidades ejecutoras: informarse de la extinción de los procedimientos operativos previos para gestión de esas transferencias financieras.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 7 de agosto de 2026
VISTOS:
El Memorando N° 000041-2026-OTASS-ST-CD de la Secretaría Técnica del Consejo Directivo, y el Informe N° 000288-2026-OTASS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 001-2025-VIVIENDA, en adelante, TUO de la Ley del Servicio Universal, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario y es competente para promover y ejecutar la política del Ente rector en materia de gestión y administración de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento; y, la política de integración de prestadores;
Que, el literal a) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000010-2025-OTASS-PE, establece como función del Consejo Directivo emitir normas y disposiciones complementarias para el ejercicio de las funciones, competencias y facultades del OTASS, cuando corresponda;
Que, en mérito al Acuerdo N° 05 de la Sesión Ordinaria N° 005-2020 del Consejo Directivo del OTASS, de fecha 15 de abril de 2020, se aprobó con Resolución de Consejo Directivo N° 007-2020-OTASS/CD, de fecha 18 de abril de 2020, la Directiva N° 002-2020-OTASS/CD “Directiva para la aprobación de las transferencias financieras que realiza el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, en el marco del Decreto de Urgencia N° 036-2020”;
Que, en mérito al numeral 1.1. del Acuerdo N° 01 de la Sesión Extraordinaria N° 016-2022 del Consejo Directivo del OTASS, de fecha 15 de julio de 2022, se aprobó con Resolución de Consejo Directivo N° 020-2022-OTASS-CD, de fecha 27 de julio de 2022, los “Lineamientos operativos para el seguimiento técnico, monitoreo, liquidación y evaluación de las transferencias financieras otorgadas en el marco del Decreto de Urgencia N° 036-2020”, versión 01;
Que, mediante Resolución Directoral N° 000004-2025-OTASS-DE, se aprobó la Directiva denominada “Disposiciones para la Gestión de los Documentos Normativos en el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS y sus Unidades Ejecutoras”, Versión 05, con Código DIR-001-2021-OTASS-OPP, la cual regula, entre otros aspectos, las disposiciones aplicables a la derogación de documentos normativos institucionales;
Que, la citada Directiva establece que la derogación de documentos normativos debe encontrarse debidamente sustentada, considerando, según corresponda, alguno de los siguientes supuestos: i) Por incompatibilidad o contradicción con una nueva disposición normativa, o cuando la materia está íntegramente regulada por aquella; ii) Por sustentarse en una disposición normativa derogada; iii) Por falta de aplicación de los aspectos regulados; iv) Por otros supuestos debidamente justificados por el órgano proponente;
Que, en el marco de la citada Directiva, las unidades orgánicas competentes sustentaron oportunamente la necesidad de derogar los documentos normativos comprendidos en los acuerdos adoptados por el Consejo Directivo. Asimismo, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina de Asesoría Jurídica, en el marco de sus respectivas competencias y sobre la base de la información proporcionada por las áreas involucradas, emitieron opinión favorable respecto de las propuestas de derogación correspondientes;
Que, estando a lo expuesto, mediante numeral 1.1 y 1.2 del Acuerdo N° 01, de la Sesión Ordinaria N° 016-2026 del Consejo Directivo, de fecha 05 de agosto de 2026, se dispuso derogar, respectivamente, la Resolución de Consejo Directivo N° 007-2020-OTASS/CD, que aprueba la Directiva N° 002-2020-OTASS/CD “Directiva para la aprobación de las transferencias financieras que realiza el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, en el marco del Decreto de Urgencia N° 036-2020”, y la Resolución de Consejo Directivo N° 020-2022-OTASS-CD que aprueba los “Lineamientos operativos para el seguimiento técnico, monitoreo, liquidación y evaluación de las transferencias financieras otorgadas en el marco del Decreto de Urgencia N° 036-2020”, versión 01;
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 000288-2026-OTASS-OAJ, señala que es legalmente viable continuar con el trámite de derogación de los documentos señalados en el considerando precedente, mediante una única resolución, sustentada en una motivación común, sin perjuicio de la individualización de cada uno de los acuerdos y de sus respectivos efectos jurídicos;
Con el visado de la Presidencia Ejecutiva, de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 001-2025-VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000010-2025-OTASS-PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento; y, la Directiva denominada “Disposiciones para la Gestión de los Documentos Normativos en el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS y sus Unidades Ejecutoras”, Versión 05, con Código DIR-001-2021-OTASS-OPP;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Derogar
Derogar los siguientes documentos normativos:
- Resolución de Consejo Directivo N° 007-2020-OTASS/CD, que aprueba la Directiva N° 002-2020-OTASS/CD “Directiva para la aprobación de las transferencias financieras que realiza el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, en el marco del Decreto de Urgencia N° 036-2020”;
- Resolución de Consejo Directivo N° 020-2022-OTASS-CD, que aprueba los “Lineamientos operativos para el seguimiento técnico, monitoreo, liquidación y evaluación de las transferencias financieras otorgadas en el marco del Decreto de Urgencia N° 036-2020”, versión 01.
Artículo 2.- Publicidad
Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en la sede digital del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CAHARIN ALBERTO CAPARO JARUFE
Presidente del Consejo Directivo
2541449-1

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