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INDECOPI aprueba su Cuadro de Clasificación de Fondo documental

Resolución 000033-2026-OAF/INDECOPI · INDECOPI · INDECOPI · 10 de septiembre de 2026

Aprobar el Cuadro de Clasificación de Fondo del Indecopi

Resumen

El cuadro, anexo a la resolución, identifica las agrupaciones documentales de sus unidades de organización y se remitirá al Archivo General de la Nación. El texto no contiene cláusula de vigencia.

A quién impacta

Administrados: informarse; es un acto de gestión documental interna del INDECOPI, sin incidencia directa ni acciones exigibles a terceros.

Fuente oficial: texto completo en INDECOPI

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en INDECOPI. El documento original es la única versión con valor legal.

Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la ProtecciÛn de la Propiedad Intelectual 
Calle De la Prosa 104 - San Borja, Lima.Per˙/ Central:(511) 224-7800 
www.indecopi.gob.pe
"Decenio de la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres" 
"AÒo de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia" 
San Borja, 03 de Setiembre de 2026 
RESOLUCION N° -2026-OAF/INDECOPI 
VISTOS: 
El Informe TÈcnico N° 000016-2026-ARC/INDECOPI del Archivo Central y el 
Acta de SesiÛn N° 1 del ComitÈ Evaluador de Documentos del INDECOPI; y, 
CONSIDERANDO: 
Que, mediante la Ley N° 25323, se crea el Sistema Nacional de Archivos, con la
finalidad de integrar estructural, normativa y funcionalmente los archivos de las 
entidades p˙blicas, garantizando la defensa, conservaciÛn, organizaciÛn y servicio del 
Patrimonio Documental de la NaciÛn; asimismo, establece que el Archivo General de la 
NaciÛn es el ente rector del Sistema Nacional de Archivos; 
Que, mediante la ResoluciÛn Jefatural N° 180-2019-AGN/SG se aprobÛ la 
Directiva N° 010-2019-AGN/DDPA, “Norma para la Organización de Documentos 
Archivísticos en la Entidad Pública”, la cual establece las pautas para la correcta 
organizaciÛn de los documentos archivÌsticos y regula la elaboraciÛn del Cuadro de 
ClasificaciÛn de Fondo; 
Que, mediante ResoluciÛn Jefatural N° 000107-2023-AGN/JEF se aprobÛ la
Directiva N° 001-2023-AGN/DDPA, “Norma de Administración de Archivos en las 
Entidades Públicas”, la cual dispone que toda entidad pública debe contar con un 
Cuadro de ClasificaciÛn de Fondo como instrumento archivÌstico de gestiÛn documental; 
Que, mediante ResoluciÛn N° 000154-2025-GEG/INDECOPI se aprobÛ la
Directiva N° 009-2025-GEG/INDECOPI, “Directiva para la Administración del Sistema 
Institucional de Archivos (SIARC) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia 
y de la ProtecciÛn de la Propiedad Intelectual - Indecopi”, la cual reconoce al Cuadro de 
ClasificaciÛn de Fondo como instrumento archivÌstico que permite identificar las 
agrupaciones documentales generadas por las unidades de organizaciÛn; 
Que, de conformidad con el Texto Integrado del Reglamento de OrganizaciÛn y 
Funciones del INDECOPI, aprobado mediante ResoluciÛn de Presidencia N° 000063-
2021-PRE/INDECOPI, la Oficina de AdministraciÛn y Finanzas tiene entre sus funciones 
organizar, dirigir y supervisar el Archivo Central del INDECOPI, de conformidad con las 
normas y lineamientos del Sistema Nacional de Archivos; 
Que, mediante ResoluciÛn N° 0002-2026-GEG/INDECOPI, la Gerencia General 
delegÛ a la Jefa de la Oficina de AdministraciÛn y Finanzas la facultad de aprobar el 
Cuadro de ClasificaciÛn de Fondo durante el AÒo Fiscal 2026; 
Que, mediante el informe tÈcnico del visto, el Archivo Central sustentÛ la 
propuesta de aprobaciÛn del Cuadro de ClasificaciÛn de Fondo del INDECOPI, 
seÒalando que dicho instrumento ha sido elaborado considerando la estructura org·nica 
y funcional de la entidad, asÌ como las series documentales identificadas en 
coordinaciÛn con las unidades de organizaciÛn; 
San Borja, 03 de septiembre de 2026
RESOLUCION N° 000033-2026-OAF/INDECOPI
Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N°27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su reglamento y modificatorias.La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en: https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la ProtecciÛn de la Propiedad Intelectual 
Calle De la Prosa 104 - San Borja, Lima.Per˙/ Central:(511) 224-7800 
www.indecopi.gob.pe
Que, conforme consta en el Acta de SesiÛn Nº 1 CED, el ComitÈ Evaluador de 
Documentos del INDECOPI, en su SesiÛn N° 1 realizada el 14 de agosto de 2026, emitiÛ 
opiniÛn tÈcnica favorable respecto de la aprobaciÛn del Cuadro de ClasificaciÛn de 
Fondo, recomendando continuar con el tr·mite correspondiente para su aprobaciÛn
mediante resoluciÛn; 
Que, la aprobaciÛn del Cuadro de ClasificaciÛn de Fondo constituye una medida 
necesaria para fortalecer la gestiÛn documental institucional, permitiendo la
identificaciÛn uniforme de las agrupaciones documentales generadas por las unidades 
de organizaciÛn y sirviendo de base para los procesos de organizaciÛn, descripciÛn, 
conservaciÛn y acceso a la documentaciÛn institucional; 
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 25323, Ley del Sistema Nacional 
de Archivos; el Decreto Ley N° 25868, Ley de OrganizaciÛn y Funciones del INDECOPI; 
la ResoluciÛn de Presidencia N° 000063-2021-PRE/INDECOPI; la ResoluciÛn Jefatural 
N° 180-2019-AGN/SG; la ResoluciÛn Jefatural N° 000107-2023-AGN/JEF; la ResoluciÛn 
N° 000154-2025-GEG/INDECOPI; y la ResoluciÛn N° 0002-2026-GEG/INDECOPI; 
Con el visto bueno del Archivo Central; 
SE RESUELVE: 
ArtÌculo Primero.- Aprobar el Cuadro de ClasificaciÛn de Fondo del Instituto 
Nacional de Defensa de la Competencia y de la ProtecciÛn de la Propiedad Intelectual - 
INDECOPI, el mismo que, como Anexo, forma parte integrante de la presente 
ResoluciÛn.
ArtÌculo Segundo.- Disponer que el Archivo Central efect˙e las acciones 
correspondientes para remitir la presente ResoluciÛn y el Cuadro de ClasificaciÛn de 
Fondo al Archivo General de la NaciÛn. 
ArtÌculo Tercero.- Disponer la publicaciÛn de la presente ResoluciÛn en la web 
institucional del INDECOPI. 
RegÌstrese, comunÌquese y c˙mplase. 
Firmado digitalmente por 
MARIA TRINIDAD TAVARA FLORES 
Jefa de la Oficina de AdministraciÛn y Finanzas 
Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N°27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su reglamento y modificatorias.La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en: https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml

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