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SERVIR reemplaza la directiva de defensa legal para Gerentes Públicos

RESOLUCIÓN N° 000099-2026-SERVIR-PE · AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL · El Peruano · 9 de julio de 2026

Formalizan acuerdo del Consejo Directivo de SERVIR mediante el cual se aprueba la “Directiva que establece medidas complementarias para el otorgamiento del beneficio de Defensa Legal para los Gerentes Públicos”; y dictan otras disposiciones

Resumen

Reemplaza la Directiva N° 01-2015-SERVIR-GDGP por un nuevo régimen de defensa legal para Gerentes Públicos y exgerentes. Establece criterios, plazos y responsabilidades en la tramitación del beneficio; rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Gerentes Públicos y exgerentes que soliciten defensa legal financiada por SERVIR deben informarse sobre los nuevos criterios y procedimientos, y reembolsarán honorarios si se acredita responsabilidad al cierre del proceso.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 7 de julio de 2026
VISTOS: Los Informes N°s. 000024-2026-SERVIR-GDGP y 000033-2026-SERVIR-GDGP, el Memorando N° 000284-2026-SERVIR-GDGP, así como los Proveídos Nos. 001439-2026-SERVIR-GDGP y 001482-2026-SERVIR-GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública; el Informe Técnico N° 000970-2026-SERVIR-GPGSC de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil; el Memorando N° 000181-2026-SERVIR-GG de la Gerencia General; el Informe Legal N° 000231-2026-SERVIR-GG-OAJ y la Hoja Informativa N° 000111-2026-SERVIR-GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Legislativo N° 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, con el fin de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil;
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1024, que crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, se establece el marco normativo para incorporar profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que los requieran; en cuyo artículo 14 se establece que SERVIR se encarga de normar y gestionar el Cuerpo de Gerentes Públicos;
Que, conforme al literal g) del artículo 10 del referido Decreto Legislativo N° 1024, los gerentes públicos, sujetos a un régimen laboral especial, tienen como uno de sus beneficios el derecho a la contratación de asesoría legal especializada a su elección, con cargo a los recursos de la Autoridad para su defensa en procesos judiciales, administrativos, constitucionales, arbitrales, investigaciones congresales y policiales, ya sea por omisiones, actos o decisiones adoptadas o ejecutadas en el ejercicio regular de sus funciones, inclusive como consecuencia de encargos, aun cuando al momento de iniciarse el proceso hubiese concluido la vinculación, debiendo reembolsar el monto abonado por concepto de honorarios profesionales de la asesoría especializada si al finalizar el proceso se demuestra responsabilidad o culpabilidad a cargo del gerente público;
Que, el numeral 18.7 del artículo 18 del Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo N° 1024, aprobado con Decreto Supremo N° 030-2009-PCM, establece que SERVIR dicta las medidas complementarias para la regulación del beneficio de defensa legal de los Gerentes Públicos;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 317-2015-SERVIR/PE, se formalizó el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de SERVIR en la Sesión N° 37-2015, mediante el cual, se formalizó la aprobación de la Directiva N° 01-2015-SERVIR-GDGP “Directiva que establece medidas complementarias para el otorgamiento del beneficio de defensa legal para los Gerentes Públicos”;
Que, a través de los Informes N°s. 000024-2026 SERVIR-GDGP y 000033-2026-SERVIR-GDGP, del Memorando N° 000284-2026-SERVIR-GDGP y de los Proveídos N°s. 001439-2026-SERVIR-GDGP y 001482-2026-SERVIR-GDGP, la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública propone y sustenta la propuesta de “Directiva que establece medidas complementarias para el otorgamiento del beneficio de Defensa Legal para los Gerentes Públicos”, y plantea, como consecuencia, dejar sin efecto la Directiva formalizada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 317-2025-SERVIR/PE;
Que, la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública señala que la propuesta planteada permite principalmente: i) optimizar el procedimiento de otorgamiento del beneficio de defensa legal a los Gerentes Públicos pertenecientes al Cuerpo de Gerentes Públicos y a los ex Gerentes Públicos; ii) desarrollar mecanismos que buscan mitigar riesgos, al establecer con claridad responsabilidades y plazos; y, iii) definir con claridad criterios técnicos, en base a la experiencia y casuística presentada, para la atención de las solicitudes de defensa legal correspondientes, dentro del marco establecido en el Decreto Legislativo N° 1024 y su Reglamento;
Que, a través del Informe Técnico N° 000970-2026-SERVIR-GPGSC, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil considera viable la propuesta de “Directiva que establece medidas complementarias para el otorgamiento del beneficio de Defensa Legal para los Gerentes Públicos”, dado que es acorde con el marco normativo que otorga dicho beneficio previsto en el Decreto Legislativo N° 1024 y su Reglamento;
Que, mediante el Informe Legal N° 000231-2026-SERVIR-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que legalmente la propuesta de “Directiva que establece medidas complementarias para el otorgamiento del beneficio de Defensa Legal para los Gerentes Públicos”, se realiza en el marco de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Legislativo N° 1024 y en el numeral 18.7 del artículo 18 de su Reglamento, correspondiendo poner a consideración del Consejo Directivo de SERVIR el referido proyecto; incluyendo la propuesta de dejar sin efecto la Directiva N° 01-2015-SERVIR-GDGP “Directiva que establece medidas complementarias para el otorgamiento del beneficio de defensa legal para los Gerentes Públicos”, cuya aprobación fue formalizada mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 317-2025-SERVIR/PE;
Que, a través del Memorando N° 000181-2026-SERVIR-GG, el Gerente General, en su calidad de Secretario del Consejo Directivo de SERVIR, comunica que en la Sesión N° 15-2026-CD, el referido Consejo Directivo aprobó la “Directiva que establece medidas complementarias para el otorgamiento del beneficio de Defensa Legal para los Gerentes Públicos”, así como dejar sin efecto la Directiva N° 01-2015-SERVIR-GDGP, “Directiva que establece medidas complementarias para el otorgamiento del beneficio de defensa legal para los Gerentes Públicos”, cuya aprobación fue formalizada mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 317-2015-SERVIR/PE;
Que, mediante Hoja Informativa N° 000111-2026-SERVIR-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable emitir la Resolución de Presidencia Ejecutiva que formalice la aprobación de la “Directiva que establece medidas complementarias para el otorgamiento del beneficio de Defensa Legal para los Gerentes Públicos”; y, en consecuencia, dejar sin efecto la Directiva N° 01-2015-SERVIR-GDGP, “Directiva que establece medidas complementarias para el otorgamiento del beneficio de defensa legal para los Gerentes Públicos”, cuya aprobación fue formalizada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 317-2015-SERVIR/PE;
Con el visado de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil; y, de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; en el Decreto Legislativo N° 1024, que crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos; en el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo N° 1024, aprobado con Decreto Supremo N° 030-2009-PCM; y en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2008-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, adoptado en la Sesión N° 15-2026-CD, mediante el cual se aprueba la “Directiva que establece medidas complementarias para el otorgamiento del beneficio de Defensa Legal para los Gerentes Públicos”; que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.
Artículo 2.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, adoptado en la Sesión N° 15-2026-CD, mediante el cual se deja sin efecto la Directiva N° 01-2015-SERVIR-GDGP “Directiva que establece medidas complementarias para el otorgamiento del beneficio de defensa legal para los Gerentes Públicos”, cuya aprobación fue formalizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 317-2015-SERVIR/PE.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y su Anexo en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (www.gob.pe/servir), así como en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUILLERMO STEVE VALDIVIESO PAYVA
Presidente Ejecutivo
Consejo Directivo
2532557-1

defensa legalgerencia públicaservir

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