Autorizan viaje de funcionario
Resolución 000090-2026-PRE/INDECOPI · INDECOPI
El INDECOPI autoriza el viaje de uno de sus funcionarios. Es una autorización de viaje oficial de carácter administrativo.
Resolución 000119-2026-GEG/INDECOPI · INDECOPI · INDECOPI · 16 de septiembre de 2026
Aprueban directiva para la asistencia a municipalidades provinciales y distritales en la protección y defensa del consumidor
La directiva, anexa y en el marco de la Ley N° 31792, regula la asistencia técnica a funcionarios municipales en información y orientación sobre derechos del consumidor. Se publica en el portal del Indecopi, sin cláusula de vigencia expresa.
Municipalidades provinciales y distritales: informarse; el alcance concreto de la asistencia técnica depende del contenido de la directiva anexa.
Fuente oficial: texto completo en INDECOPI
Texto extraído de la publicación oficial en INDECOPI. El documento original es la única versión con valor legal.
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual Calle De la Prosa 104 - San Borja, Lima.Perú/ Central:(511) 224-7800 www.indecopi.gob.pe "Decenio de la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres" "Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia" San Borja, 10 de Setiembre de 2026 RESOLUCION N° 000119-2026-GEG/INDECOPI VISTOS: el Informe Técnico N° 00009-2026-DPC y el Informe Técnico N° 000011-2026- DPC/INDECOPI de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, el Informe N° 000126-2026-OPM/INDECOPI y el Informe N° 000142-2026-OPM/INDECOPI de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 000295-2026- OAJ/INDECOPI y el Informe N° 327-2026-OAJ/INDECOPI de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, establece que éste es un organismo público especializado con personería jurídica de derecho público interno, que goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros y rige su funcionamiento de acuerdo con las disposiciones contenidas en la citada norma y en sus normas complementarias y reglamentarias; Que, conforme a lo establecido en el literal k) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033, y el literal j) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI, corresponde al Consejo Directivo del Indecopi expedir directivas normando el funcionamiento administrativo del Indecopi; Que, mediante Acuerdo de Consejo N° 000012-2025 de fecha 13 de marzo de 2025 del Consejo Directivo, formalizado mediante Resolución N° 000027-2025-PRE/INDECOPI publicada el 26 de marzo de 2025, se delega en la Gerencia General las funciones del Consejo Directivo contenidas en el literal j) del artículo 9 del Texto Único Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi; Que, el literal a) del artículo 3 de la Ley N° 31792, Ley que fortalece la participación de las municipalidades provinciales y municipalidades distritales en la protección y defensa de los derechos del consumidor, establece que la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor es responsable de emitir los lineamientos y directivas complementarias, según corresponda, para la aplicación de lo dispuesto en la referida ley; Que, el literal b) del artículo 3 de la Ley Nº 31792, Ley que fortalece la participación de las municipalidades provinciales y municipalidades distritales en la protección y defensa de los derechos del consumidor, establece que la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, en su calidad de ente rector del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor, en concordancia con los literales c), e) y j) del artículo 136 de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, tiene la responsabilidad de brindar asistencia técnica a los funcionarios de las municipalidades provinciales y distritales, con el fin de fortalecer sus capacidades de información y orientación en materia de protección de los derechos del consumidor; Que, con el Informe Técnico N° 000011-2026-DPC/INDECOPI, la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor sustenta y justifica la aprobación de la “Directiva para la asistencia técnica a las municipalidades provinciales y distritales en la San Borja, 10 de septiembre de 2026 RESOLUCION N° 000119-2026-GEG/INDECOPI Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N°27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su reglamento y modificatorias.La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en: https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual Calle De la Prosa 104 - San Borja, Lima.Perú/ Central:(511) 224-7800 www.indecopi.gob.pe protección y defensa de los derechos del consumidor, en el marco de la Ley N° 31792, Ley que fortalece la participación de las municipalidades provinciales y distritales en la protección y defensa de los derechos del consumidor”; Que, con el Informe N° 000142-2026-OPM/INDECOPI, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable sobre la aprobación de la “Directiva para la asistencia técnica a las municipalidades provinciales y distritales en la protección y defensa de los derechos del consumidor, en el marco de la Ley N° 31792, Ley que fortalece la participación de las municipalidades provinciales y distritales en la protección y defensa de los derechos del consumidor”; Que, con el Informe N° 327-2026-OAJ/INDECOPI, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable que la Gerencia General expida documentos normativos que regulen el funcionamiento administrativo del Indecopi y, en tal sentido, aprobar la “Directiva para la asistencia técnica a las municipalidades provinciales y distritales en la protección y defensa de los derechos del consumidor, en el marco de la Ley N° 31792, Ley que fortalece la participación de las municipalidades provinciales y distritales en la protección y defensa de los derechos del consumidor”; Con el visado de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI; la Resolución N° 000027-2025-PRE/INDECOPI y la Directiva N° 001-2023-GEG/INDECOPI, “Directiva para la formulación, aprobación y modificación de Documentos Normativos del Indecopi” aprobada con la Resolución N° 000164-2023-GEG/INDECOPI; SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobar la Directiva N° 001-2026/GEG-INDECOPI, “Directiva para la asistencia técnica a las municipalidades provinciales y distritales en la protección y defensa de los derechos del consumidor, en el marco de la Ley N° 31792, Ley que fortalece la participación de las municipalidades provinciales y distritales en la protección y defensa de los derechos del consumidor”; la cual, en calidad de anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2. Disponer la publicación de la presente Resolución y de su Anexo en el portal institucional del Indecopi (www.indecopi.gob.pe); y encargar a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a través de la Unidad de Modernización y Gestión Institucional, su difusión a través de los canales correspondientes. Regístrese y comuníquese. Firmado digitalmente por DIOSELINA ESTHER URBINA CRUZ Gerenta General Visado digitalmente por: WILLSTATTER VASQUEZ ANNA PATRICIA Directora DIRECCIÓN DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE PROTECCION DEL CONSUMIDOR Visado digitalmente por: SALDAÑA SOLARI ERICK ALFREDO Jefe de la Oficina de Planeamiento Presupuesto y Modernización(e) OFICINA DE PLANEAMIENTO PRESUPUESTO Y MODERNIZACIÓN Visado digitalmente por: ALONZO CHAVEZ HENRRY MARCOS Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica(e) OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N°27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su reglamento y modificatorias.La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en: https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml
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