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Resolución de Presidencia del Consejo Directivo
N° 00152-2026-OEFA/PCD
Lima, 3 de setiembre de 2026
VISTOS: El Informe N° 00258-2026-OEFA/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría
Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 061-2019-SERVIR-PE, se
formaliza el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adoptado
en la Sesión N° 015-2019, mediante el cual se aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) del
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, en cuyo Cuadro N° 1 se clasifica el puesto de
Ejecutivo/a de la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios del OEFA, con el código
del puesto CA0601324;
Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 00138-2026-
OEFA/PCD, se resuelve Designar al señor Roy Fernando Cárdenas Velarde, en el puesto de confianza de
Ejecutivo/a de la Dirección de Supervisión en Infraestructura y Servicios del Organismo de Evaluación y
Fiscalización Ambiental - OEFA, con código del puesto CA0601324, con efectividad a partir del 21 de agosto
de 2026; y, disponiendo su ingreso al régimen laboral de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil;
Que, en atención al correo institucional de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos
de la Oficina de Administración de fecha 25 de agosto de 2026, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante
el Informe N° 00258-2026-OEFA/OAJ, advierte que la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N°
00138-2026-OEFA/PCD, ha incurrido en error material respecto a la denominación del puesto identificado
con código CA0601324, habiéndose consignado la denominación de puesto: “Ejecutivo/a de la Dirección
de Supervisión en Infraestructura y Servicios del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental –
OEFA”, debiendo ser lo correcto “Ejecutivo/a de la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y
Servicios del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA”; asimismo, en el referido informe,
emite opinión legal favorable respecto a la rectificación del error material contenido en la Resolución de
Presidencia del Consejo Directivo N° 00138-2026-OEFA/PCD;
Que, el numeral 201.1 del artículo 201° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444,
Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS (en
adelante, el TUO de la LPAG), establece que los errores materiales en los actos administrativos pueden
ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados,
siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión;
Que, el numeral 201.2 del artículo 201° del TUO de la LPAG, establece que la rectificación
debe adoptar las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto
original;
Que, en ese sentido, resulta legalmente viable rectificar de oficio el error material incurrido
en la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 00138-2026-OEFA/PCD;
Con el visado de la Gerencia General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, Decreto
Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General; y, en uso de la atribución conferida por el Literal t) del Artículo 16° del Reglamento de Organización
y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto
Supremo N° 013-2017-MINAM;
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SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Rectificar de oficio el error material contenido en los considerandos quinto,
sexto, séptimo y noveno; y, en el Artículo 1° de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N°
00138-2026-OEFA/PCD, únicamente respecto a la denominación del puesto, identificado con código
CA0601324, según el siguiente detalle:
Donde dice:
“Ejecutivo/a de la Dirección de Supervisión en Infraestructura y Servicios del Organismo
de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA”.
Debe decir:
“Ejecutivo/a de la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios del
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA”.
Artículo 2°.- Dejar subsistentes los demás extremos de la Resolución de Presidencia del
Consejo Directivo N° 00138-2026-OEFA/PCD.
Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de
Transparencia Estándar y en la sede digital del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA
(www.gob.pe/oefa) en el día de su emisión.
Regístrese y comuníquese.
[JFISCHER]
JOANNA FISCHER BATTISTINI
Presidenta del Consejo Directivo
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA
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