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OEFA autoriza viaje de asesor a Panamá para diálogo regional sobre licenciamiento ambiental

Resolución 00171-2026-OEFA/PCD · OEFA · OEFA · 21 de septiembre de 2026

Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N.° 00171-2026-OEFA/PCD

Resumen

Comisión de servicios del 28 de setiembre al 02 de octubre de 2026, sin gastos para el Estado Peruano ni exoneración de impuestos aduaneros; no genera efectos para administrados ni terceros.

A quién impacta

Comisionado: presentar a la Presidencia del Consejo Directivo del OEFA un informe detallado dentro de los quince días calendario siguientes a la realización del viaje.

Fuente oficial: texto completo en OEFA

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en OEFA. El documento original es la única versión con valor legal.

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Resolución de Presidencia del Consejo Directivo
N° 00171-2026-OEFA/PCD
Lima, 21 de setiembre de 2026
VISTOS: El Memorando N° 00313-2026-OEFA/GEG, emitido por la Gerencia 
General; el Informe N° 00076-2026-OEFA/OAD, emitido por la Oficina de Administración; el Informe 
N° 00280-OEFA/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 27619, se regula la autorización de viajes al exterior de 
servidores y funcionarios públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público 
y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley 
del Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de 
Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; 
Que, el artículo 2° de la citada Ley, establece que las resoluciones de autorización 
de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad; 
Que, al respecto, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba 
normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos 
(en adelante, el Decreto Supremo), dispone que la resolución de autorización de viajes al exterior de 
la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el 
interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de 
días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac;
Que, por su parte, a través de la Resolución de Gerencia General 
N° 074-2018-OEFA/GEG, rectificada por la Resolución de Gerencia General 
N° 031-2019-OEFA/GEG y modificada por las Resoluciones de Gerencia General números 
026-2020-OEFA/GEG, 037-2021-OEFA/GEG, 00019-2024-OEFA/GEG y 00092-2025-OEFA/GEG, 
se aprueba el Lineamiento N° 005-2018-OEFA/GEG “Lineamiento para la autorización de viajes, 
otorgamiento de viáticos, otros gastos y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior y 
en el territorio nacional en el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA” (en 
adelante, el Lineamiento) cuyo objetivo es establecer las pautas, criterios, requisitos y obligaciones 
para tramitar las autorizaciones de viajes, otorgamiento de viáticos, pasajes y otros gastos; así como, 
la rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional, en el OEFA; 
Que, el numeral 8.14 de la sección VIII del Lineamiento establece que el área 
solicitante deberá preparar la documentación de sustento para la autorización del viaje al exterior del 
país, conforme se detalla a continuación: (i) invitación oficial ingresada por Mesa de Partes del OEFA; 
(ii) Formato N° 02: “Información del comisionado propuesto para el viaje al exterior”, 
(iii) Formato N° 03: “Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior”, (iv) itinerario de viaje; y, 
(v) documento que sustente el apoyo de un ente cooperante u organizador del evento, en el cual 
indique que asume los gastos correspondientes a la comisión de servicios;
Que, mediante Carta s/n de fecha 21 de agosto de 2026, el Banco Interamericano de 
Desarrollo, invita a la Presidenta del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización 
Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias.
La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml
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Ambiental - OEFA a participar en el “XIII Diálogo Regional de Política sobre Licenciamiento y 
Cumplimiento Ambiental y Social en América Latina y Caribe (DRP)”, evento que se llevará a cabo del 
28 de septiembre al 02 de octubre de 2026, en Ciudad de Panamá, República de Panamá; siendo que 
en atención a ello, a través del correo electrónico de fecha 01 de setiembre de 2026, el OEFA confirmó 
como delegado oficial al señor Alberto Martin Barandiarán Gómez, Asesor de Gerencia General, a 
efectos que participe en el precitado evento, el cual tiene como objetivo fortalecer la colaboración 
regional en materia de licenciamiento y cumplimiento ambiental y social, mediante el intercambio 
técnico, la identificación de buenas prácticas y la articulación de estrategias conjuntas; 
Que, a través de los documentos de los vistos, se sustenta la necesidad técnica y 
legal de autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios del comisionado, por un periodo de 
cinco (5) días calendario, contados desde el 28 de setiembre al 02 de octubre de 2026, a fin de que 
participe en el “XIII Diálogo Regional de Política sobre Licenciamiento y Cumplimiento Ambiental y 
Social en América Latina y Caribe (DRP)”, que se realizará en la Ciudad de Panamá, República de 
Panamá; toda vez que permitirá: (i) fortalecer el conocimiento institucional sobre tendencias, buenas 
prácticas y experiencias regionales en materia de fiscalización y promoción del cumplimiento 
ambiental y social, particularmente respecto de marcos sancionatorios, gobernanza digital, proyectos 
de alto riesgo y fortalecimiento de capacidades de los inspectores ambientales; (ii) fortalecer la 
participación y posicionamiento institucional del OEFA en Red Latinoamericana de Fiscalización y 
Cumplimiento Ambiental (REDLAFICA); y, (iii) fortalecer la articulación con entidades ambientales de 
América Latina y el Caribe y organismos internacionales, generando oportunidades para futuras 
acciones de intercambio técnico y cooperación institucional; precisándose a su vez que la participación 
del comisionado no irroga gastos al Tesoro Público; 
Que, el artículo 11° del Decreto Supremo, señala que los viajes al extranjero para 
concurrir a asambleas, conferencias, seminarios, cursos de capacitación o que se realicen por 
cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizados 
mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente;
Que, el numeral 7.21 de la sección VII del Lineamiento, señala que, en caso no 
irrogue gastos a la Entidad, las autorizaciones de viaje al exterior de los servidores civiles del 
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA deben tramitarse ante la Presidencia del 
Consejo Directivo del OEFA, a través de la Gerencia General de la Entidad;
Que, al respecto, el artículo 15° y el literal t) del artículo 16° del Reglamento de 
Organización y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM, 
establecen que la Presidencia del Consejo Directivo constituye la máxima autoridad ejecutiva de la 
Entidad, conduce el funcionamiento institucional y representa a la entidad ante las entidades públicas 
y privadas, nacionales y extranjeras; y, tiene entre sus funciones, la de emitir resoluciones en el ámbito 
de su competencia;
Que, en ese sentido, siendo de interés institucional para la Entidad, corresponde a la 
Presidencia del Consejo Directivo emitir el acto resolutivo que disponga autorizar el viaje al exterior, 
en comisión de servicios del señor Alberto Martin Barandiarán Gómez, Asesor de Gerencia General, 
por un periodo de cinco (5) días calendario, del 28 de setiembre al 02 de octubre de 2026, a fin de 
que participe en el “XIII Diálogo Regional de Política sobre Licenciamiento y Cumplimiento Ambiental 
y Social en América Latina y Caribe (DRP)”, que se realizará en la Ciudad de Panamá, República de 
Panamá;
Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Oficina 
de Asesoría Jurídica; y, 
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización 
de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo 
N° 047-2002-PCM, que aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior 
de servidores y funcionarios públicos; la Resolución de Gerencia General N° 074-2018-OEFA/GEG, 
rectificada por la Resolución de Gerencia General N° 031-2019-OEFA/GEG y modificada por las 
Resoluciones de Gerencia General 026-2020-OEFA/GEG, 037-2021-OEFA/GEG, 
00019-2024-OEFA/GEG y 00092-2025-OEFA/GEG, que aprueba el Lineamiento 
N° 005-2018-OEFA/GEG “Lineamiento para la autorización de viajes, otorgamiento de viáticos, otros 
gastos y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional en el 
Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias.
La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml
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Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA”; y, en el ejercicio de las atribuciones 
conferidas por el literal t) del artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo 
de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por el Decreto Supremo 
N° 013-2017-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Alberto 
Martin Barandiarán Gómez, Asesor de Gerencia General, del 28 de setiembre al 02 de octubre de 
2026, a fin de que participe en el “XIII Diálogo Regional de Política sobre Licenciamiento y 
Cumplimiento Ambiental y Social en América Latina y Caribe (DRP)”, a realizarse en la Ciudad de 
Panamá, República de Panamá.
Artículo 2°.- Disponer que, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la 
realización del viaje, el comisionado autorizado en el Artículo 1° precedente, deberá presentar a la 
Presidencia del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, un 
Informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos.
Artículo 3°.- La presente autorización de viaje no irroga gastos al Estado Peruano; 
asimismo, no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, de ninguna clase o 
denominación.
Artículo 4°.- Encargar a la Gerencia General la notificación de la presente 
Resolución al comisionado señalado en el Artículo 1° de la presente Resolución y a la Unidad de 
Gestión de Recursos Humanos de la Oficina de Administración para las acciones de personal que 
correspondan.
Artículo 5°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de 
Transparencia Estándar y en la sede digital del Organismo de Evaluación y Fiscalización 
Ambiental - OEFA (www.gob.pe/oefa), en el día de su emisión.
Regístrese y comuníquese.
[JFISCHER]
JOANNA FISCHER BATTISTINI
Presidenta del Consejo Directivo
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA
Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias.
La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml
01470069
"Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por el OEFA, aplicando los dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-
PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. Nª 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la
siguiente dirección web: https://sistemas.oefa.gob.pe/verifica e ingresando la siguiente clave: 01470069"
Documento electrónico firmado digitalmente en el marco de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, su Reglamento y modificatorias.
La integridad del documento y la autoría de la(s) firma(s) pueden ser verificadas en https://apps.firmaperu.gob.pe/web/validador.xhtml

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