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Secretaría de Coordinación modifica requisitos de registro y extinción de comisiones del Poder Ejecutivo

RESOLUCIÓN N° 003-2026-PCM/SC · PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS · El Peruano · 6 de junio de 2026

Modifican los “Lineamientos para el ingreso de información en el Registro Unificado de Comisiones del Poder Ejecutivo, así como el seguimiento y soporte respectivo”

Resumen

Reemplaza criterios de registro en el RUCPE para comisiones multisectoriales y sectoriales, agrega obligatoriedad de planes de trabajo aprobados en sesión, e incorpora causales de exoneración de evaluación trimestral. Rige al día siguiente de su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Secretarías Generales y coordinadores de comisiones deben registrar planes de trabajo aprobados y solicitar exoneración trimestral hasta 10 días hábiles antes de vencido el trimestre si la norma está en modificación o hay factores externos que impidan funcionamiento regular.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

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