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Superintendencia Nacional de Bienes Estatales autoriza transferencia de S/ 54 979,00 a Contraloría

RESOLUCIÓN Nº 0040-2026/SBN · SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES · El Peruano · 7 de junio de 2026

Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

Resumen

Autoriza transferencia financiera a la Contraloría General de la República para pago de auditoría 2026. La ejecución presupuestal se retrotrajo al 13 de febrero de 2026; la resolución rige desde su publicación en El Peruano el 7 de junio de 2026.

A quién impacta

Oficina de Administración y Finanzas de la Superintendencia debe ejecutar la transferencia y remitir copia de la resolución a la Contraloría; Recursos Humanos evalúa responsabilidades por retraso en emisión formal.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

San Isidro, 5 de junio de 2026
VISTO:
El Oficio N° 000999-2026-CG/GAD, registrado con Solicitud de Ingreso N° 03609-2026, emitido por la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República; los Informes N° s 00300 y 00304-2026/SBN-OPP, emitidos por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00377-2026/SBN-OAF y el Memorándum N° 00478-2026/SBN-OAF, emitidos por la Oficina de Administración y Finanzas; el Informe N° 00206-2026/SBN-OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; el Informe N° 00111-2026/SBN-GG, emitido por la Gerencia General, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada mediante Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, a realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República; precisando, que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La citada resolución es publicada en el diario oficial El Peruano;
Que, bajo dicho marco normativo, la Contraloría General de la República, mediante Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, aprueba el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;
Que, a través del Oficio N° 000999-2026-CG/GAD de fecha 2 de febrero de 2026 (S.I N° 03609-2026), la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República, comunica haber designado a la Sociedad de Auditoria JARA Y ASOCIADOS CONTADORES PÚBLICOS SOCIEDAD CIVIL, para efectuar la auditoría financiera gubernamental por los periodos 2025 y 2026 de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, no obstante, indica que se encuentra pendiente efectuar la transferencia de la retribución económica, correspondiente al período 2026, por la suma de S/ 54 979,00 (Cincuenta y Cuatro Mil Novecientos Setenta y Nueve y 00/100 Soles), siendo el plazo máximo el mes de junio de 2026;
Que, con Informe N° 00377-2026/SBN-OAF del 27 de mayo de 2026, complementado con el Memorándum N° 00478-2026/SBN-OAF del 3 de junio de 2026, la Oficina de Administración y Finanzas manifiesta que el 6 de febrero de 2026, mediante el Memorándum N° 00106-2026/SBN-OAF, solicitó a la Unidad de Finanzas realizar las coordinaciones y gestiones correspondientes a través del SIAF para ejecutar la transferencia por el monto de S/ 54 979,00 (Cincuenta y Cuatro Mil Novecientos Setenta y Nueve y 00/100 Soles), lo cual se concretó el 13 de febrero de 2026 en el Expediente SIAF N° 00408 bajo la modalidad de Transferencia Financiera (TF) a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, destinado al pago por la contratación de la Sociedad Auditora para la auditoría correspondiente al periodo 2026, con cargo al Presupuesto Institucional 2026, del Pliego 056: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, empero, se encuentra pendiente la emisión de la Resolución que autoriza dicha transferencia;
Que, mediante Informes N°s. 00300 y 00304-2026/SBN-OPP de fechas 9 y 10 de febrero de 2026, respectivamente, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto otorga la certificación presupuestal para atender la transferencia financiera solicitada, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;
Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción;
Que, en base a lo dispuesto en las normas antes mencionadas, contando con el sustento de la Oficina de Administración y Finanzas, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 00206-2026/SBN-OAJ de fecha 4 de junio de 2026, opina que es legalmente viable aprobar a través de una Resolución de Superintendencia la transferencia financiera requerida por la Contraloría General de la República por la suma de S/ 54 979,00, con cargo al ejercicio del presente Año Fiscal, con eficacia anticipada al 13 de febrero del 2026;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia financiera del Pliego 056: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, hasta por la suma de S/ 54 979,00 (Cincuenta y Cuatro Mil Novecientos Setenta y Nueve y 00/100 Soles), a favor de la Contraloría General de la República, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
Con los vistos de la Gerencia General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Administración y Finanzas y la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera
Aprobar con eficacia anticipada al 13 de febrero de 2026, una Transferencia Financiera del Pliego 056: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, por el monto de S/ 54 979,00 (Cincuenta y Cuatro Mil Novecientos Setenta y Nueve y 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, destinado a la contratación de la Sociedad Auditora que realizará la auditoría financiera gubernamental correspondiente al periodo 2026.
Artículo 2.- Financiamiento
La transferencia financiera autorizada en el artículo precedente se atiende con cargo al presupuesto aprobado para el presente Año Fiscal del Pliego 056: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Remisión y cumplimiento
Se encarga a la Oficina de Administración y Finanzas de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y efectuar las acciones administrativas correspondientes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 5.- Acciones de deslinde de responsabilidades
Remitir copia de la presente Resolución a la Unidad de Recursos Humanos para que, previa evaluación de los antecedentes y en caso corresponda, adopte las acciones de deslinde de responsabilidades pertinentes en el marco de sus atribuciones.
Artículo 6.- Publicación
Se dispone la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ FELISANDRO MAS CAMUS
Superintendente
Superintendencia Nacional de Bienes Estatales
2522917-1

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