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INDECOPI declara ilegales cuatro exigencias del reglamento farmacéutico aplicadas a cámaras hiperbáricas

RESOLUCIÓN N° 0086-2026-CEB-INDECOPI · INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL · El Peruano · 25 de junio de 2026

Declaran que constituyen barreras burocráticas ilegales diversas medidas contenidas en el Decreto Supremo N° 014-2011-SA, Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos

Resumen

Deroga cuatro medidas del Decreto Supremo N° 014-2011-SA que exigían áreas independientes de manufactura y almacenamiento, y personal técnico específico bajo dirección de químicos farmacéuticos, para fabricantes de cámaras hiperbáricas. Rige desde su publicación en El Peruano el 25 de junio de 2026.

A quién impacta

Ministerio de Salud: adecuar el Decreto Supremo N° 014-2011-SA para eliminar las barreras declaradas ilegales, sin plazo especificado en la resolución.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

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