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INDECOPI declara ilegal restricción horaria de venta de bebidas alcohólicas en San Martín de Porres

RESOLUCION N° 0107-2026/SEL-INDECOPI · INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL · El Peruano · 25 de abril de 2026

Declaran barrera burocrática ilegal lo dispuesto en el Artículo 4 de la Ordenanza N° 384-MDSMP de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que establece el Régimen Municipal que regula la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas, alcohol metílico y bebidas adulteradas

Resumen

Anula la restricción de rangos horarios para expendio de bebidas alcohólicas establecida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres por exceso de competencia territorial. Rige desde su publicación en El Peruano (25 de abril de 2026).

A quién impacta

Establecimientos comerciales en el distrito quedan liberados de las restricciones horarias de la Ordenanza 384-MDSMP; la municipalidad distrital conserva solo facultades de fiscalización conforme a Ley 27972.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

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