urgentecomercial

INDECOPI declara ilegal restricción horaria de venta de licor en el Rímac

RESOLUCION N° 0120-2026/SEL-INDECOPI · INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL · El Peruano · 25 de abril de 2026

Declaran barrera burocrática ilegal lo dispuesto en el Numeral 36.1 del artículo 36 de la Ordenanza N° 176, Ordenanza que regula el otorgamiento de la Licencia Única de Funcionamiento en el distrito del Rímac

Resumen

Anula la restricción horaria (8:00 a 23:00 horas) para venta de licor envasado establecida por la Municipalidad Distrital del Rímac, por incompetencia material. La Municipalidad Metropolitana de Lima retiene competencia regulatoria; rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Comerciantes en el Rímac: quedan liberados de la restricción horaria local; rigen los horarios que establezca la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

barreras burocráticasindecopilicencias de funcionamiento

Normas relacionadas