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INDECOPI declara ilegal restricción horaria municipal para venta de bebidas alcohólicas

RESOLUCION N° 0121-2026/SEL-INDECOPI · INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL · El Peruano · 25 de abril de 2026

Declaran barrera burocrática ilegal lo dispuesto en los Literales a) y b) del Numeral y 1 los literales a), b), c), d) y e) del Numeral 2 del artículo 4 de la Ordenanza N° 509-MDA, Ordenanza que regula el horario de comercialización y consumo de bebidas alcohólicas en el distro de Ate

Resumen

Anula literales de la Ordenanza 509-MDA que restringían horarios de comercialización de bebidas alcohólicas en Ate. La Municipalidad Distrital carece de competencia; corresponde a la Municipalidad Provincial regularlos.

A quién impacta

Municipalidad Distrital de Ate: informarse de la nulidad de la ordenanza y abstenerse de aplicar las disposiciones declaradas ilegales.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

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