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SBS agrega definiciones de grupo consolidable y financiero al Reglamento de Gobierno Corporativo

RESOLUCIÓN 01959-2026 · RESOLUCIÓN SBS · El Peruano · 4 de agosto de 2026

Modifican Reglamento de Gobierno Corporativo y de la Gestión Integral de Riesgos, aprobado por la Resolución SBS Nº 272-2017 y sus modificatorias

Resumen

Incorpora tres nuevas definiciones al Reglamento de Gobierno Corporativo y de la Gestión Integral de Riesgos, y establece que empresas supervisadas procuren que entidades de su grupo adopten estándares compatibles con su naturaleza y complejidad. Rige desde el 1 de julio de 2027.

A quién impacta

Empresas supervisadas que conforman conglomerados financieros: informarse sobre las nuevas definiciones y procurar que entidades vinculadas adopten estándares de gobierno corporativo compatibles con su perfil regulatorio, a partir de julio de 2027.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 3 de agosto de 2026
El Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el numeral 13 del artículo 132º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, la supervisión consolidada de los conglomerados financieros o mixtos constituye una forma de atenuar los riesgos para el ahorrista;
Que, el artículo 138º de la Ley General, señala los criterios generales que rigen la supervisión consolidada de los conglomerados financieros y mixtos, constituyéndola en un mecanismo complementario de la supervisión de las empresas de los sistemas financiero y de seguros;
Que, mediante Resolución SBS Nº 11823-2010 y sus normas modificatorias, se aprobó el Reglamento para la Supervisión Consolidada de los Conglomerados Financieros y Mixtos, con el propósito de que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante Superintendencia, realice la evaluación de los riesgos que enfrentan las empresas supervisadas por formar parte de un conglomerado financiero o mixto, considerando también las actividades de las empresas no supervisadas cuando puedan impactar en la solidez financiera de las supervisadas;
Que, mediante Resolución SBS Nº 272-2017 y sus modificatorias, se aprobó el Reglamento de Gobierno Corporativo y de la Gestión Integral de Riesgos, que requiere a las empresas supervisadas contar con una estructura de gobierno sólida y transparente, así como una gestión integral de riesgos que garantice decisiones responsables, controles efectivos y cumplimiento normativo;
Que, a fin de fortalecer la supervisión consolidada y alinearla con los estándares internacionales, resulta necesario modificar el referido Reglamento de Gobierno Corporativo y de la Gestión Integral de Riesgos a efectos de que las empresas supervisadas procuren que las entidades que conforman su grupo financiero o grupo consolidable incorporen prácticas de gobierno corporativo y de gestión integral de riesgos compatibles con las previstas en dicho Reglamento;
Que, a efectos de recoger las opiniones del público sobre la propuesta de modificación de la normativa, mediante Resolución SBS N° 1331-2026 se dispuso la publicación del proyecto de resolución en el portal electrónico de la Superintendencia, al amparo de lo dispuesto en la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley General, y el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS;
Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, Seguros, y de Regulación y Jurídica, así como de las Gerencias de Riesgos y Estudios Económicos; y,
En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 7 y 9 del artículo 349 de la Ley General;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar el Reglamento de Gobierno Corporativo y de la Gestión Integral de Riesgos, aprobado por la Resolución SBS Nº 272-2017 y sus modificatorias, en los términos que se indican a continuación:
1. Incorporar en el artículo 2 del Reglamento de Gobierno Corporativo y de la Gestión Integral de Riesgos, aprobado mediante Resolución SBS N° 272-2017 y sus modificatorias, el siguiente texto:
“ss) Grupo consolidable: De acuerdo con la definición establecida en el inciso h) del artículo 2 del Reglamento para la Supervisión Consolidada de los Conglomerados Financieros y Mixtos.
tt) Grupo financiero: De acuerdo con la definición establecida en el inciso j) del artículo 2 del Reglamento para la Supervisión Consolidada de los Conglomerados Financieros y Mixtos.
uu) Reglamento para la Supervisión Consolidada de los Conglomerados Financieros y Mixtos: Reglamento para la Supervisión Consolidada de los Conglomerados Financieros y Mixtos, aprobado por la Resolución SBS N° 11823-2010 o norma que la sustituya.”
2. Incorporar como último párrafo del artículo 1 del Reglamento de Gobierno Corporativo y de la Gestión Integral de Riesgos, aprobado mediante Resolución SBS N° 272-2017 y sus modificatorias, el siguiente texto:
“Artículo 1. Alcance
(…)
Cuando la Superintendencia ejerza supervisión consolidada en el marco de lo establecido en el Reglamento para la Supervisión Consolidada de los Conglomerados Financieros y Mixtos, la empresa responsable de la remisión de la información consolidada procura que las entidades que forman parte de su grupo financiero o grupo consolidable incorporen los estándares de gobierno corporativo y gestión integral de riesgos del presente Reglamento, que sean compatibles con su naturaleza, tamaño, la complejidad de sus operaciones y servicios, y el marco normativo que les sea aplicable.”
Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia el 1 de julio de 2027.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE
Superintendente de Banca, Seguros y AFP
2539509-1

gobierno corporativogestión de riesgossbsentidades financieras

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