JNE reduce sanción a candidata por omisión en declaración de empresa

RESOLUCION Nº 0609-2026-JNE · JURADO NACIONAL DE ELECCIONES · El Peruano · 21 de abril de 2026

Declaran fundado en parte recurso de apelación interpuesto por personero legal titular de la organización política Progresemos; y, en consecuencia, revocan extremo de la Resolución Nº 00779-2026-JEE-CALL/JNE

Resumen

Reestablece multa de 6 UIT a 2.48 UIT por no declarar titularidad de EIRL en hoja de vida electoral. Confirma demás sanciones; rige desde su publicación en el portal del JNE (12 de marzo de 2026).

A quién impacta

Candidata Estelita Sonia Bustos Espinoza debe pagar multa de 2.48 UIT en cobranza coactiva dentro de 5 días hábiles desde que la sanción quede ejecutoriada.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

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