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Osinergmin otorga defensa legal a vocal de la JARU investigado por la Fiscalía

Resolución 110-2026-OS/GG · Osinergmin · Osinergmin · 3 de septiembre de 2026

Resolución de Gerencia General N.° 110-2026-OS/GG

Resumen

Cubre la defensa del servidor Pedro Villa Durand en una investigación fiscal preliminar y acepta su compromiso de reembolso si se demuestra su responsabilidad. El texto no contiene cláusula de vigencia expresa.

A quién impacta

Administrados del Osinergmin: informarse; es un acto interno sin efectos ni plazos para terceros.

Fuente oficial: texto completo en Osinergmin

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en Osinergmin. El documento original es la única versión con valor legal.

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN N° 110-2026-OS/GG
 
Lima, 03 de septiembre del 2026
VISTOS:
La solicitud presentada por el señor Pedro Glicerio Villa Durand (en lo sucesivo, el 
solicitante), de fecha 25 de agosto de 2026, subsanada el 1 de setiembre de 2026; y el Informe 
Legal GAJ-138-2026, de fecha 3 de setiembre de 2026, elaborado por la Gerencia de Asesoría 
Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el solicitante ha requerido se le conceda el beneficio de defensa legal ante su 
incorporación en la investigación preliminar seguida en la Carpeta Fiscal Nro. 506154502-2026-
706-0, a cargo del Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de MirafloresSurquillo-San Borja, por hechos vinculados a la presunta comisión del delito contra la 
Administración Pública – “omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales” y contra la 
Administración de Justicia – “fraude procesal”. En tal sentido, el solicitante se encuentra 
actualmente inmerso en una investigación preliminar; 
Que, de conformidad a la clasificación señalada en el artículo 2 de la Ley Nro. 30057 
“Ley del Servicio Civil”, se verifica que el solicitante ostenta la calidad de servidor civil, al haber 
sido designado como Vocal Titular de la Sala Colegiada de la Junta de Apelaciones de 
Reclamos de Usuarios – JARU, mediante Resolución de Consejo Directivo Nro. 069-2024-OS/CD, 
para ejercer dicho cargo durante el periodo comprendido del 20 de mayo de 2024 al 19 de 
mayo de 2027.
Que, el literal l) del artículo 35 de la Ley Nro. 30057, Ley del Servicio Civil, prescribe que 
el servidor tiene, entre otros, el derecho a “contar con la defensa y asesoría legal, asesoría 
contable, económica o afín, con cargos o recursos de la Entidad para su defensa en procesos 
judiciales, administrativos, constitucionales, arbitrales, investigaciones congresales y policiales, 
inclusive como consecuencia de encargos, aun cuando al momento de iniciarse el proceso 
hubiese concluido la vinculación con la Entidad. Si al finalizar el proceso se demostrara 
responsabilidad, el beneficiario debe reembolsar el costo del asesoramiento y de la defensa 
especializados”;
Que, mediante la Directiva Nro. 004-2015-SERVIR/GPGSC aprobada por Resolución de 
Presidencia Ejecutiva Nro. 284-2015-SERVIR-PE, modificada por la Resolución de Presidencia 
Ejecutiva Nro. 185-2016-SERVIR-PE y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nro. 103-2017-SERVIRPE, se aprobaron disposiciones para la defensa judicial de servidores y ex servidores civiles en 
procesos que se inicien en su contra, permitiendo así la contratación de servicios 
especializados en asesoría legal, en el caso que los servidores o ex servidores civiles sean 
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA 
OSINERGMIN Nº 110-2026-OS/GG 
demandados administrativa, civil, penal, arbitral, investigación congresal o policial por actos, 
omisiones o decisiones adoptadas en el ejercicio regular de sus funciones;
Que, por su parte, el Procedimiento Interno PI-02 “Defensa y/o Asesoría Legal de 
Servidores y Ex Servidores Civiles” establece que, para acceder a la defensa judicial, el servidor 
o ex servidor civil deberá presentar una solicitud a la entidad, y la Gerencia de Asesoría Jurídica 
emitirá el respectivo informe, en atención a lo previsto en la Directiva Nro. 004-2015-
SERVIR/GPGSC y modificatorias;
Que, en cumplimiento del PI-02 antes mencionado, la Gerencia de Asesoría Jurídica ha 
emitido el Informe Legal GAJ-138-2026 concluyendo que el solicitante ha cumplido con los 
requisitos de admisibilidad y procedibilidad previstos en el marco legal vigente, siendo de la 
opinión que corresponde autorizar el otorgamiento del beneficio de defensa, debiéndose en 
consecuencia emitir la correspondiente resolución de Gerencia General;
Que, al amparo del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nro. 27444, Ley del 
Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nro. 006-2026-JUS (en 
adelante, LPAG); la motivación de la presente resolución se complementa con el Informe Legal 
GAJ-138-2026, que se incorpora como parte de esta;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nro. 30057, Ley del Servicio Civil y sus 
modificatorias; la Directiva Nro. 004-2015-SERVIR/GPGSC, aprobada por Resolución de 
Presidencia Ejecutiva Nro. 284-2015-SERVIR-PE, modificada por la Resolución de Presidencia 
Ejecutiva Nro. 185-2016-SERVIR-PE y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nro. 103-2017-SERVIRPE; y, el Procedimiento Interno PI-02 “Defensa y/o Asesoría Legal de Servidores y Ex Servidores 
Civiles”;
Con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Jurídica.
SE RESUELVE:
Artículo 1°. - Otorgar el beneficio de defensa legal al servidor del Osinergmin señor 
Pedro Glicerio Villa Durand, el cual comprenderá su defensa legal durante la investigación 
preliminar seguida en la Carpeta Fiscal Nro. 506154502-2026-706-0.
Artículo 2°. – Aceptar el compromiso de reembolso y el compromiso de devolución 
presentado.
 Artículo 3°. – Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas y la Gerencia de 
Planeamiento Presupuesto y Modernización, adopten las acciones que correspondan, en el 
ámbito de sus competencias, respecto de lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la presente 
Resolución de Gerencia General.
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA 
OSINERGMIN Nº 110-2026-OS/GG 
Artículo 4°. – Notificar la presente Resolución de Gerencia General, a la Gerencia de 
Administración y Finanzas, a la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Modernización y al 
solicitante.
Regístrese y comuníquese.
«amperezm»
Alberto Matías Pérez Morón
Gerente General

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