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Fiscalía de la Nación acepta renuncia de fiscal adjunto provincial

RESOLUCIÓN 2534-2026-MP-FN · El Peruano · 26 de agosto de 2026

Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de La Libertad

Resumen

Acepta la renuncia del abogado Rochi Danilo Pasco Villalaz como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de La Libertad. La extinción de su relación funcional rige desde el 13 de agosto de 2026.

A quién impacta

Órganos administrativos del Ministerio Público, Junta Nacional de Justicia y abogado renunciante: recibir notificación de aceptación de renuncia; realizar entrega de cargo conforme a Directiva General Nº 007-2002-MP-FN.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 24 de agosto de 2026
VISTOS:
Los oficios Nºs. 002465 y 002581-2026-MP-FN-PJFSLALIBERTAD, de fechas 10 y 20 de agosto de 2026, respectivamente, e informe Nº 0110-2026-MP-FN-OREF-EJVP, de fecha 20 de agosto de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante los oficios de vistos, cursados por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, se remite y expresa conformidad a la carta presentada en fecha 10 de agosto de 2026, suscrita por el abogado Rochi Danilo Pasco Villalaz, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de La Libertad, designado en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo, quien presenta su renuncia al cargo por motivos laborales.
En su carta de renuncia, el citado abogado solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley, señalando como último día de labores el 12 de agosto de 2026, ante lo cual su jefe inmediato otorga su visto bueno, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.
Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2424-2018-MP-FN, de fecha 11 de julio de 2018, se resolvió nombrar al abogado Rochi Danilo Pasco Villalaz, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de La Libertad, designándolo en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Del reporte de quejas y denuncias Nº 02461-2026-202000500, de fecha 13 de agosto de 2026, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, se advierte que el citado abogado registra una (1) queja en trámite.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).
El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece que “la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0110-2026-MP-FN-OREF-EJVP, de fecha 20 de agosto de 2026, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte la renuncia del abogado Rochi Danilo Pasco Villalaz, con eficacia anticipada a partir del 13 de agosto de 2026.
De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Rochi Danilo Pasco Villalaz, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de La Libertad, y a su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2424-2018-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 11 de julio de 2018 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; con eficacia anticipada a partir del 13 de agosto de 2026, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Rochi Danilo Pasco Villalaz que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2546910-2

ministerio públicopersonal

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