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Ministerio Público nombra fiscal adjunta provincial provisional en Cotabambas

RESOLUCIÓN 2590-2026-MP-FN · El Peruano · 27 de agosto de 2026

Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Apurímac

Resumen

Designa a Elena Soledad Mamani López como fiscal adjunta provincial provisional en la Fiscalía Provincial de Familia de Cotabambas, Apurímac. La posición es provisional sin conferir estabilidad laboral ni derechos de carrera fiscal comparable a titular; rige desde su expedición y notificación.

A quién impacta

Oficina General de Potencial Humano y Junta de Fiscales Superiores de Apurímac: formalizan nombramiento y notifican a entidades vinculadas (JNJ, Coordinación Nacional de Familias, Gerencia General, Integridad Institucional) de inmediato.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 25 de agosto de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 001149-2026-MP-FN-PJFSAPURIMAC, e informe Nº 0201-2026-MP-FN-OREF-JJCP, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial de Familia de Cotabambas.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar a la abogada Elena Soledad Mamani López, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal adjunta provincial en la Fiscalía Provincial de Familia de Cotabambas; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0201-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 24 de agosto de 2026.
De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Elena Soledad Mamani López, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Apurímac, designándola en la Fiscalía Provincial de Familia de Cotabambas.
Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, realice las acciones que correspondan en el marco de sus competencias y/o delegación de funciones, considerando el régimen laboral en el que se encuentra sujeta la abogada Elena Soledad Mamani López.
Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, Coordinación Nacional de las Fiscalías Superiores de Familia y Provinciales de Familia, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2547855-11

designación fiscalapurímac

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