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Fiscalía nombra a Mónica Tasayco Huapaya fiscal provincial provisional en Iberia, Madre de Dios

RESOLUCIÓN 2891-2026-MP-FN · El Peruano · 23 de septiembre de 2026

Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios

Resumen

Da por concluido su nombramiento como fiscal adjunta provisional en Lima Norte y la designa en la Fiscalía Provincial Mixta de Iberia, con reserva de su plaza de origen. Sin cláusula de vigencia expresa.

A quién impacta

La fiscal Tasayco Huapaya: efectuar la entrega de cargo conforme a la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN; litigantes de Iberia y Comas (sede Independencia), informarse del cambio.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 21 de setiembre de 2026
VISTOS:
Los oficios Nos 001265, 001434 y 001842-2026-MP-FN-PJFSMADREDEDIOS, de fechas 8, 26 de junio y 14 de agosto de 2026, respectivamente, e informe Nº 0156-2026-MP-FN-OREF-ENYO, de fecha 21 de agosto de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante los oficios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Madre de Dios, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal provincial en la Fiscalía Provincial Mixta de Iberia; asimismo, se remite información complementaria de los abogados propuestos.
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 654-2023-MP-FN, de fecha 22 de marzo de 2023, se resuelve nombrar a la abogada Mónica Emylene Tasayco Huapaya, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándola en la Sexta Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Comas (sede Independencia), con reserva de su plaza de origen, quien actualmente labora en virtud de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar a la abogada Mónica Emylene Tasayco Huapaya, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal provincial en la Fiscalía Provincial Mixta de Iberia, para lo cual previamente se deberá concluir su nombramiento y designación señalados en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo antes citado, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y considerando el informe Nº 0156-2026-MP-FN-OREF-ENYO, de fecha 21 de agosto de 2026.
Cabe acotar que la mencionada abogada registra una plaza indeterminada bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, conforme se advierte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA), por lo que corresponde la reserva de su plaza de origen.
De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Mónica Emylene Tasayco Huapaya, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, y su designación en la Sexta Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Comas (sede Independencia), materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nos 654-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 22 de marzo de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.
Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Mónica Emylene Tasayco Huapaya, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Madre de Dios, designándola en la Fiscalía Provincial Mixta de Iberia, con reserva de su plaza de origen.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Mónica Emylene Tasayco Huapaya que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Norte y Madre de Dios, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación
2556731-1

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