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Poder Ejecutivo autoriza ingreso de personal militar estadounidense con armamento

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA N° 32726 · CONGRESO DE LA REPÚBLICA · El Peruano · 15 de julio de 2026

Resolución Legislativa que autoriza el ingreso de personal militar extranjero con armas de guerra al territorio de la República del Perú

Resumen

Autoriza el ingreso de 226 efectivos del Ejército de los Estados Unidos con armas de salva para el ejercicio multinacional Southern Vanguard 2026. Rige desde su publicación en El Peruano; la permanencia se extiende del 24 de agosto al 25 de setiembre de 2026.

A quién impacta

Poder Ejecutivo: puede modificar la fecha de inicio mediante resolución suprema refrendada por Defensa, antes del ingreso del personal. Ministro de Defensa: informar al Senado dentro de cuarenta y ocho horas de cualquier cambio de fechas.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
Nº 32726
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL
CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA EL INGRESO DE PERSONAL MILITAR EXTRANJERO CON ARMAS DE GUERRA AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ
Artículo 1. Objeto de la Resolución Legislativa
Se autoriza el ingreso al territorio de la República del Perú de personal militar de los Estados Unidos de América, con armas de guerra, del 24 de agosto al 25 de setiembre de 2026, para realizar actividades relacionadas al ejercicio multinacional Southern Vanguard 2026, de acuerdo a lo establecido en el numeral 8 del artículo 102 de la Constitución Política del Perú y en los artículos 3 y 4 de la Ley 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, conforme a las especificaciones y objetivo que se señalan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución legislativa.
Artículo 2. Autorización para modificación de plazo
2.1. Se autoriza al Poder Ejecutivo para que, a través de una resolución suprema refrendada por el ministro de Defensa, modifique, cuando existan causas imprevistas, la fecha de inicio de ejecución de la actividad considerada en el anexo de la presente resolución legislativa, siempre que dicha modificación no exceda el tiempo de permanencia establecido en la presente resolución y se realice antes del ingreso del personal militar extranjero al territorio de la República del Perú.
2.2. El ministro de Defensa procede a dar cuenta de la modificación de las fechas dispuestas en la presente resolución legislativa a la comisión ordinaria legislativa competente en materia de Defensa Nacional del Senado, en un plazo de cuarenta y ocho horas después de expedida la citada resolución suprema.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los trece días del mes de julio de dos mil veintiséis.
FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO
Presidente encargado del Congreso de la República
ILICH FREDY LÓPEZ UREÑA
Tercer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Lima, 14 de julio de 2026.
Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
LUIS ENRIQUE ARROYO SÁNCHEZ
Presidente del Consejo de Ministros
EJERCICIO MULTILATERAL SOUTHERN VANGUARD 2026
OBJETIVO
Realizar actividades relacionadas al ejercicio multinacional Southern Vanguard 2026
LUGARES
Lima, Tarapoto, 5ta Brigada de Selva de Protección de la Amazonía el Sauce y la Escuela de Selva del Ejército del Perú
INGRESO/SALIDA DEL TERRITORIO NACIONAL
Del 24 de agosto al 25 de setiembre de 2026
TIEMPO DE PERMANENCIA
33 días
INSTITUCIONES INVOLUCRADAS
5ta Brigada de Selva del Ejército del Perú y Escuela de Selva del Ejército del Perú en el departamento de San Martín
PAÍS PARTICIPANTE
Estados Unidos de América
TIPO DE UNIDAD PARTICIPANTE
Ejército de los Estados Unidos de América
CANTIDAD DE PERSONAL
226 efectivos
TIPO Y CANTIDAD DE ARMAS
- 75 fusiles M4 calibre 5.56 mm
- 15 pistolas M9 o M17 calibre 9 mm
- 10 ametralladoras M249 calibre 5.56 mm
- 10 ametralladoras M240 calibre 7.62 mm
- 10 lanzagranadas M320 de 40 mm
- 5 misiles Javelins de 127 mm
- 5 fusiles Carl Gustavs calibre 7.62 mm
TIPO DE MUNICIÓN Y CANTIDADES (MUNICIONES DE SALVA)
- 7000 cartuchos de 5.56 mm (de salva)
- 1000 cartuchos de 9 mm (de salva)
- 5000 cartuchos de 5.56 mm enlazados (de salva)
- 5000 cartuchos de 7.62 mm enlazados (de salva)
- 150 cartuchos de 40 mm (balas de salva)
2535114-1

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