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SMV introduce silencio administrativo positivo para registro de OPA y OPC

RESOLUCIÓN SMV Nº 008-2026-SMV/01 · SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES · El Peruano · 3 de julio de 2026

Modifican el Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión y el Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores

Resumen

Modifica plazos de evaluación de solicitudes de registro de Ofertas Públicas de Adquisición y Compra, reduciendo a diez días hábiles e introduciendo silencio administrativo positivo. Elimina selección de valuadores por SMV; permite designación directa. Rige al día siguiente de su publicación en El Peruano (4 de julio de 2026).

A quién impacta

Ofertantes: presentar solicitud de registro dentro de seis meses desde obligación o cinco días de recibir informe de valorización (lo que ocurra primero); SMV evalúa en diez días hábiles; subsanación en cinco días hábiles desde notificación de observaciones.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

mercado de valoressmvoferta pública

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