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Ministerio de Relaciones Exteriores da por terminadas funciones de embajadora en Trinidad y Tobago

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 086-2026-RE · RELACIONES EXTERIORES · El Peruano · 2 de junio de 2026

Dan por terminadas las funciones de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago y ante la Comunidad del Caribe (CARICOM)

Resumen

Cesa las funciones de Claudia Giuliana Betalleluz Otiura como Embajadora en Trinidad y Tobago y en designaciones simultáneas ante CARICOM, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía y Barbados. La fecha efectiva de término se fijará mediante resolución ministerial posterior.

A quién impacta

Ministerio de Relaciones Exteriores: fijar fecha efectiva de cese mediante resolución ministerial y cancelar cartas credenciales y plenos poderes.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 1 de junio de 2026
VISTAS:
La Resolución Suprema Nº 061-2024-RE, de 25 de marzo de 2024; la Resolución Ministerial Nº 0287-2024-RE, de 8 de abril de 2024; la Resolución Suprema Nº 0171-2024-RE, de 19 de setiembre de 2024; la Resolución Suprema Nº 225-2024-RE, de 4 de diciembre de 2024; la Resolución Suprema Nº 011-2025-RE, de 15 de enero de 2025; la Resolución Suprema Nº 0145-2025-RE, de 19 de setiembre de 2025;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Suprema Nº 061-2024-RE, se nombra Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago, a la entonces Ministra en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0287-2024-RE, se fijó el 15 de junio de 2024, como la fecha en que la citada funcionaria diplomática asumió funciones como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago;
Que, mediante la Resolución Suprema Nº 0171-2024-RE, se nombra a la entonces Ministra en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago, para que se desempeñe simultáneamente como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante la Comunidad del Caribe (CARICOM), con residencia en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago;
Que, mediante la Resolución Suprema Nº 225-2024-RE, se nombra a la entonces Ministra en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago, para que se desempeñe simultáneamente como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante San Vicente y las Granadinas, con residencia en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago;
Que, mediante la Resolución Suprema Nº 011-2025-RE, se nombra a la entonces Ministra en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago, para que se desempeñe simultáneamente como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante Santa Lucía, con residencia en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago;
Que, mediante la Resolución Suprema Nº 0145-2025-RE, se nombra a la entonces Ministra en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago, para que se desempeñe simultáneamente como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante Barbados, con residencia en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago; y,
De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Término de funciones
Se dan por terminadas las funciones de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Trinidad y Tobago.
Artículo 2.- Término de funciones
Se dan por terminadas las funciones de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante la Comunidad del Caribe (CARICOM), con residencia en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago.
Artículo 3.- Término de funciones
Se dan por terminadas las funciones de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante San Vicente y las Granadinas, con residencia en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago.
Artículo 4.- Término de funciones
Se dan por terminadas las funciones de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante Santa Lucía, con residencia en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago.
Artículo 5.- Término de funciones
Se dan por terminadas las funciones de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Claudia Giuliana Betalleluz Otiura, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante Barbados, con residencia en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago.
Artículo 6.- Fecha de término de funciones
La fecha de término de sus funciones es fijada mediante resolución ministerial.
Artículo 7.- Cartas Credenciales y Plenos Poderes
Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 8.- Agradecimiento
Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones.
Artículo 9.- Egreso
Se aplica el egreso que irrogue la presente resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 10.- Refrendo
La presente resolución suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
CARLOS JOSÉ PAREJA RÍOS
Ministro de Relaciones Exteriores
2521268-3

designaciónrelaciones exteriores

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