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Ministerio de Cultura declara Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Chaupichancha - Antapirca

RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL N° 000188-2026-VMPCIC/MC · CULTURA · El Peruano · 6 de julio de 2026

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Chaupichancha - Antapirca, ubicado en los distritos de Santa Ana de Tusi y Chacayán, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco

Resumen

Declara como Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico ubicado en Pasco e inscribe esta condición en Registros Públicos. Rige desde su publicación en El Peruano (6 de julio de 2026).

A quién impacta

Proyectos colindantes (obras, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios): obtener aprobación previa del Ministerio de Cultura antes de ejecutar actividades que afecten el sitio.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

San Borja, 3 de julio del 2026
VISTOS: el Informe N° 000257-2026-DGPA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; la Hoja de Elevación N° 000330-2026-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, define al bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación como todo lugar, sitio, paisaje, edificación, espacio con incidencia en el quehacer humano, que, por su importancia, significado y valor arqueológico, arquitectónico, histórico, entre otros, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo;
Que, conforme al literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, es función exclusiva de este ministerio realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el literal a) del artículo 14 de la norma establece como funciones del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de lo cual se colige que el ejercicio de la prerrogativa de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación conlleva, además, la aprobación del expediente técnico del bien inmueble prehispánico y de todo documento relacionado a aquel;
Que, mediante Informe N° 000257-2026-DGPA-VMPCIC/MC la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble eleva el expediente para la declaración de Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico Chaupichancha - Antapirca, ubicado en los distritos de Santa Ana de Tusi y Chacayán, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco, así como la aprobación de su expediente de declaratoria y delimitación;
Que, mediante Informe N° 000032-2022-DSFL-LMS/MC, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal sustenta la elaboración el expediente técnico de declaratoria y delimitación del entonces denominado sitio arqueológico “Chaupitsantsa” ubicado en los distritos de Santa Ana de Tusi y Chacayán, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco, concluyendo que el bien presenta evidencias materiales suficientes que permiten su identificación como sitio arqueológico, así como la necesidad de su delimitación para efectos de protección y a través del Informe N° 000115-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC-NGC/MC sustenta la importancia, significado y el valor del bien inmueble prehispánico;
Que, estando al sustento brindado en los informes citados, estos constituyen parte integrante de la presente resolución y se adjuntan como anexos, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2026-JUS;
Con los vistos de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Pasco y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Chaupichancha - Antapirca, ubicado en los distritos de Santa Ana de Tusi y Chacayán, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco; de acuerdo a los datos que se consignan en el siguiente cuadro:
Departamento
Pasco
Provincia
Daniel Alcides Carrión
Nombre del Sitio Arqueológico
Distrito
Datum WGS84 Zona 18 L
UTM Este
UTM Norte
CHAUPICHANCHA - ANTAPIRCA
Santa Ana de Tusi
y Chacayán
353993.00
8856292.00
Artículo 2.- Aprobar el expediente de declaratoria y de delimitación (Memoria Descriptiva, Ficha Catastral, Plano Perimétrico) del Sitio Arqueológico Chaupichancha - Antapirca, según los datos técnicos que se detallan a continuación:
Nombre del Sitio Arqueológico
Número de plano en Datum WGS84
Área
(m2)
Área
(hectáreas - has.)
Perímetro (m)
Chaupichancha - Antapirca
PP-058-MC_DGPA-DSFL-2025
40184.40
4.0184
1052.18
Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal la inscripción en los Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, de ser el caso, la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico Chaupichancha - Antapirca sobre la partida N° 02005684 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Pasco - Zona Registral Nº VIII - Sede Huancayo.
Artículo 4.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar al Sitio Arqueológico Chaupichancha - Antapirca, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura.
Artículo 5.- Remitir copia certificada de la presente resolución, sus anexos y del expediente de declaratoria y delimitación del Sitio Arqueológico Chaupichancha - Antapirca que se adjunta como anexo, a la Comunidad Campesina San Antonio de Antapirca.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y su difusión en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) en este último caso, conjuntamente con sus anexos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GISELLA MARIELL ESCOBAR ROZAS
Viceministra de Patrimonio Cultural e
Industrias Culturales
2531865-1

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