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MEF aprueba convenio de traspaso de recursos a Municipalidad de Puinahua

RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL N° 002-2026-EF/11.01 · ECONOMÍA Y FINANZAS · El Peruano · 11 de junio de 2026

Resolución Viceministerial que aprueba el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la Municipalidad Distrital de Puinahua, en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 073-2026-EF

Resumen

Aprueba el Convenio de Traspaso de Recursos entre el MEF y la Municipalidad Distrital de Puinahua para financiar inversión municipal con S/ 17 517 881,58 derivados de endeudamiento interno. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Puinahua recibe recursos de bonos soberanos y reembolsa desde fondos del Fideicomiso del Plan de Cierre de Brechas en Loreto, según términos del convenio aprobado.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 9 de junio del 2026
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 073-2026-EF, Decreto Supremo que aprueba la operación de endeudamiento interno, mediante la emisión de bonos soberanos, en el marco de la Ley N° 32187, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 17 517 881,58 (DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 58/100 SOLES), destinada a financiar parcialmente un (01) proyecto de inversión, cuya ejecución está a cargo de la Municipalidad Distrital de Puinahua;
Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 073-2026-EF dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, traspasa a la Municipalidad Distrital de Puinahua los recursos correspondientes a la operación de endeudamiento interno mediante un Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito por dichas entidades, el mismo que es aprobado mediante la norma legal que corresponda. Además, en el referido Convenio de Traspaso de Recursos se establecen las condiciones para el reembolso del monto total de los recursos derivados de la citada operación de endeudamiento interno, al Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los Recursos Determinados que le corresponden a la referida Municipalidad provenientes del Fideicomiso del Plan de Cierre de Brechas para la población del ámbito petrolero de las provincias de Datem del Marañón, Loreto, Alto Amazonas, Requena y Maynas, del departamento de Loreto, constituido en el marco del numeral 3.3 del artículo 3 de la Ley N° 30897, Ley de Promoción de la inversión y desarrollo del departamento de Loreto;
Que, el numeral 24.1 del artículo 24 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, establece que todo pago o reembolso a favor del Gobierno Nacional, correspondiente a obligaciones generadas en el marco de las operaciones realizadas bajo el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, es efectuado a través de un fideicomiso;
Que, el numeral 36.1 del artículo 36 del Decreto Legislativo N° 1437 y el numeral 15.1 del artículo 15 de la Directiva N° 001-2019-EF/52.04, “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes, y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas”, aprobada mediante la Resolución Directoral N° 015-2019-EF/52.01, establecen que en el caso de las operaciones de endeudamiento acordadas por el Gobierno Nacional cuya ejecución esté a cargo de una entidad pública que no pertenece al Gobierno Nacional, con la obligación de proporcionar los recursos para atender el servicio de deuda, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, y dicha entidad pública suscriben un Convenio de Traspaso de Recursos en el cual se establecen los términos y condiciones relativos a su utilización y a la atención del servicio de la deuda;
Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre la Municipalidad Distrital de Puinahua y el Ministerio de Economía y Finanzas, así como establecer el mecanismo de reembolso a favor de este último;
Que, sobre el particular han emitido opinión favorable la Dirección General del Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, mediante el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Resolución Ministerial N° 004-2026-EF/10, el Titular de la Entidad delega en el Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas, durante el Año Fiscal 2026, la facultad de aprobar los Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos por el Ministerio de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; en el Decreto Supremo N° 073-2026-EF, Decreto Supremo que aprueba la operación de endeudamiento interno, mediante la emisión de bonos soberanos, en la Ley N° 32187, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2025; en la Directiva N° 001-2019-EF/52.04, “Directiva para la Concertación de Operaciones de Endeudamiento Público, Contratación de Financiamientos Contingentes, y Otorgamiento o Contratación de Garantías en Asociaciones Público Privadas”, aprobada mediante la Resolución Directoral N° 015-2019-EF/52.01; y, en virtud de las facultades delegadas mediante la Resolución Ministerial N° 004-2026-EF/10;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Se aprueba el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, y la Municipalidad Distrital de Puinahua, en el cual se establecen los términos y las condiciones para el traspaso de los recursos derivados de la operación de endeudamiento interno aprobada en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 073-2026-EF, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Viceministerial.
Artículo 2.- Servicio de la Deuda
Se dispone que el mecanismo de reembolso a cargo de la Municipalidad Distrital de Puinahua a favor del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la operación de endeudamiento interno aprobada en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 073-2026-EF, es con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Determinados que le corresponden a la Municipalidad Distrital de Puinahua provenientes del Fideicomiso del Plan de Cierre de Brechas.
Artículo 3.- Suscripción de documentos
La Directora General de la Dirección General del Tesoro Público suscribe, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el Convenio de Traspaso de Recursos que se aprueba en el artículo 1 de la presente Resolución Viceministerial, así como toda la documentación necesaria para su implementación.
Artículo 4.- Publicación
Se dispone la publicación de la presente Resolución Viceministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE ARMANDO CALDERÓN VALENZUELA
Viceministro de Hacienda
Ministerio de Economía y Finanzas
2524106-1

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