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RENIEC transfiere S/ 130.650,00 a la Contraloría para auditoría financiera 2026

RESOLUCION JEFATURAL N° 000053-2026/JNAC/RENIEC · REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL · El Peruano · 17 de mayo de 2026

Autorizan transferencia financiera, a favor de la Contraloría General de la República

Resumen

Autoriza traslado de recursos desde presupuesto RENIEC 2026 hacia la Contraloría General, destinados exclusivamente a auditoría financiera gubernamental. Ejecutable a más tardar en junio de 2026.

A quién impacta

Oficina de Administración y Finanzas del RENIEC: ejecutar transferencia antes de junio de 2026; garantizar uso de fondos solo para auditoría financiera.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 16 de mayo de 2026
VISTOS:
El Oficio N° 000849-2026-CG/GAD (28ENE2026) de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República; el Memorando N° 000054-2026/OPPM/RENIEC (19ENE2026) de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 000029-2026/OPPM/UP/RENIEC (16ENE2026) de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Modernización; la Hoja de Elevación N° 000076-2026/OAF/RENIEC (13MAY2026) de la Oficina de Administración y Finanzas; el Informe N° 000036-2026/OAF/UCO/RENIEC (13MAY2026), de la Unidad de Contabilidad de la Oficina de Administración y Finanzas; el Informe N°000477-2026/OAJ/RENIEC (15MAY2026), de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Nº 32513, se aprueba el presupuesto del sector público para el año fiscal 2026, que entre otros incluye el Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC);
Que por Resolución Jefatural N° 000215-2025/JNAC/RENIEC (29DIC2025), se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos para el Año Fiscal 2026 del Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;
Que el artículo 20° de la Ley N°27785, Ley Orgánica el Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3° de la Ley N°30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o el que haga que sus veces en el pliego;
Que asimismo el artículo 20° de la referida Ley, establece que las transferencias financieras se aprueban mediante Resolución del titular del pliego, en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;
Que a través del Oficio N° 000849-2026CG/GAD de fecha 28ENE2026, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República solicita al Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, efectuar la transferencia por el importe de S/ 130.650,00 (Ciento Treinta Mil Seiscientos Cincuenta y 00/100 Soles) por retribución económica para la Auditoria Financiera Gubernamental, correspondiente al periodo 2026 a favor de la Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General (cuya transferencia debe efectuarse a más tardar el mes de junio de 2026);
Que mediante el documento de vistos, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, informa que la entidad cuenta con recursos presupuestarios disponibles por el monto ascendente a S/ 130.650,00 (Ciento Treinta Mil Seiscientos Cincuenta y 00/100 Soles) otorgando la habilitación presupuestal correspondiente por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, en atención a lo solicitado por la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control;
Que con el informe de vistos la Unidad de Contabilidad de la Oficina de Administración y Finanzas opina por la viabilidad de proceder con la transferencia de la retribución económica para la Auditoria Financiera Gubernamental, correspondiente al periodo 2026 a favor de la Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General por la suma de S/ 130.650,00 (Ciento Treinta Mil Seiscientos Cincuenta y 00/100 Soles), con cargo al presupuesto institucional del Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil del presente año, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;
Que por su parte la Oficina de Asesoría Jurídica, con el informe de vistos, opina por la viabilidad legal de emitir la resolución que autorice la transferencia de retribución económica para la Auditoria Financiera Gubernamental, correspondiente al periodo 2026, a favor de la Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General;
Que mediante la Resolución Jefatural Nº000050-2026/JNAC/RENIEC (09MAY2026) se encargó a la señora GLADIS VIRGINIA CACHAY ESPINO, Gerente General, las funciones del cargo de Jefa Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, del 11 al 17 de mayo de 2026, en adición a sus funciones; y,
Estando a lo informado por la Oficina de Administración y Finanzas, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica el Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; y, conforme a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y por el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y sus modificatorias y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Autorizar la transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 del Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, por la suma de S/ 130.650,00 (Ciento Treinta Mil Seiscientos Cincuenta y 00/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de la Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Jefatural.
Artículo Segundo.- FINANCIAMIENTO
La transferencia financiera autorizada en el Artículo Primero de la presente Resolución Jefatural se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 del Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, de acuerdo con el siguiente detalle:
Categoría Presupuestal
: 9001. Acciones Centrales
Producto
: 3.999999. Sin Producto
Actividad
: 5.000003. Gestión Administrativa
Fuente de Financiamiento
: Recursos Ordinarios
Especifica de Gasto
: 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional
Meta
: 0111
S/
: 130,650.00
Artículo Tercero.- ACCIONES ADMINISTRATIVAS
La Oficina de Administración y Finanzas del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural.
Artículo Cuarto.- LIMITACIÓN AL USO DE LOS RECURSOS
Los recursos de la Transferencia Financiera que hace referencia el Artículo Primero de la presente Resolución Jefatural no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo Quinto.- PUBLICACIÓN
Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Institucional del Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC (www.reniec.gob.pe), en el plazo máximo de dos (02) días hábiles contados desde su emisión.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
GLADIS VIRGINIA CACHAY ESPINO
Jefa Nacional (e)
2516178-1

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