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LUZ DEL SUR S.A.A ejerce servidumbre de ocupación, electroducto y tránsito en Lurín

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 190-2026-MINEM/DM · ENERGÍA Y MINAS · El Peruano · 16 de mayo de 2026

Reconocen a favor de la concesión definitiva de distribución de energía eléctrica de la que es titular LUZ DEL SUR S.A.A, la servidumbre convencional de ocupación, electroducto y tránsito para la “Subestación Eléctrica de Distribución Nº 1549”, ubicada en el departamento de Lima

Resumen

Reconoce servidumbre convencional sobre propiedad del Club de Playa Residencial Solimar para la Subestación Eléctrica de Distribución Nº 1549. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

LUZ DEL SUR S.A.A debe preservar la integridad del inmueble afectado y evitar construcciones que restrinjan el ejercicio de la servidumbre, bajo responsabilidad civil.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

energía eléctricaderechos realesinfraestructura

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