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MTC autoriza viaje de inspectores a Paraguay para auditoría aeroportuaria

RESOLUCION MINISTERIAL N° 207-2026-MTC/01.02 · TRANSPORTES Y COMUNICACIONES · El Peruano · 26 de abril de 2026

Autorizan viaje de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Paraguay, en comisión de servicios

Resumen

Autoriza comisión de servicios de dos inspectores de la DGAC a Asunción (5-8 mayo 2026) para inspección técnica del Aeropuerto. Gastos financiados por LATAM AIRLINES PERU. Rige desde su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Los inspectores designados deben presentar informe de resultados dentro de quince días calendario tras el viaje al Titular de la Entidad.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 23 de abril del 2026
VISTOS: La Comunicación GOP/PUB/CER 008-03-26 de la empresa LATAM AIRLINES PERU S.A., el Informe N° 0182-2026-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias aprobadas por el Decreto Supremo N° 047-2022-PCM, por lo que los viajes se autorizan mediante Resolución Ministerial del Sector, la que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia y la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de evaluar las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean;
Que, mediante la Comunicación GOP/PUB/CER 008-03-26, la empresa LATAM AIRLINES PERU S.A. solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, realizar la inspección técnica a estación de operaciones internacional correspondiente al Aeropuerto de Asunción, República del Paraguay (RAP 121), acompañando los requisitos establecidos para el Servicio Prestado en Exclusividad S-DGAC-004 “Inspección técnica a bases y estaciones de operaciones” del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2022-MTC y sus modificatorias;
Que, asimismo, la citada empresa ha cumplido con el pago del derecho de tramitación del servicio señalado en el considerando precedente de acuerdo al TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; conforme se aprecia de las constancias de pago de tasas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial; por lo que, los costos del viaje en comisión de servicios, incluyendo el pago de viáticos están cubiertos por la empresa solicitante;
Que, la solicitud de autorización de viaje es evaluada y sustentada por la Dirección General de Aeronáutica Civil con el Informe N° 0182-2026-MTC/12, conforme a las Órdenes de Inspección N° 044-2026-MTC/12.07 y N° 045-2026-MTC/12.07 y el Informe N° 0160-2026-MTC/12.07 de la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones, siendo que dicha Dirección General señala que el presente viaje resulta de interés institucional, toda vez que se realiza de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 050-2001-MTC;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores CARLOS ALBERTO ANDRES LARREA CASTELLANO y RAFAEL CANEVARO CHAVEZ, inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 5 al 8 de mayo de 2026, por ser de interés institucional, para los fines antes expuestos;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 009-2022-MTC, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores CARLOS ALBERTO ANDRES LARREA CASTELLANO y RAFAEL CANEVARO CHAVEZ, inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 5 al 8 de mayo de 2026, por ser de interés institucional, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que demanda el viaje autorizado en el artículo precedente, son cubiertos por la empresa LATAM AIRLINES PERU S.A., a través de las constancias de pago de tasas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, conforme a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos.
Artículo 3.- Los inspectores autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deben presentar al Titular de la Entidad un informe detallando las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALDO M. PRIETO BARRERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC)
Código: F-DSA-P&C-002
Revisión: Original
Fecha: 30.08.10
Cuadro Resumen de Viajes
RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE CERTIFICACIONES Y AUTORIZACIONES - COMPRENDIDO DEL 5 AL 8 DE MAYO DE 2026 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES N° 0160-2026-MTC/12.07 Y N° 0182-2026-MTC/12
ÓRDENES DE INSPECCIÓN N° s
INICIO
FIN
VIÁTICOS (US$)
SOLICITANTE
INSPECTORES
CIUDAD
PAÍS
DETALLE
CONSTANCIAS DE PAGO DE TASAS - SECUENCIAS DE PAGO N° s
044-2026-MTC/12.07
5-May
8-May
US$ 1,480.00
LATAM AIRLINES PERU S.A.
CARLOS ALBERTO ANDRES LARREA CASTELLANO
ASUNCIÓN
REPÚBLICA DEL PARAGUAY
Inspección técnica a estación de operaciones internacional correspondiente al Aeropuerto de Asunción, República del Paraguay (RAP 121).
001278-0 y 001279-0
045-2026-MTC/12.07
5-May
8-May
US$ 1,480.00
LATAM AIRLINES PERU S.A.
RAFAEL CANEVARO CHAVEZ
ASUNCIÓN
REPÚBLICA DEL PARAGUAY
Inspección técnica a estación de operaciones internacional correspondiente al Aeropuerto de Asunción, República del Paraguay (RAP 121).
001278-0 y 001279-0
2509611-1

comisión de serviciosaeronáutica civil

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