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MINEDU aprueba Política de Gestión Antisoborno y Cumplimiento actualizada a normas ISO

RESOLUCION MINISTERIAL N° 239-2026-MINEDU · EDUCACIÓN · El Peruano · 22 de abril de 2026

Aprueban la Política del Sistema de Gestión Antisoborno y del Sistema de Gestión de Cumplimiento del Ministerio de Educación (Política del Sistema Integrado de Gestión)

Resumen

Reemplaza la Resolución Ministerial N° 150-2025-MINEDU. Aprueba nueva Política del Sistema Integrado de Gestión alineada con NTP-ISO 37001:2025 y NTP-ISO 37301:2021. Rige desde el 22 de abril de 2026.

A quién impacta

Ministerio de Educación y sus unidades: adecuar documentos de gestión, procedimientos e instructivos al nuevo marco de integridad en forma progresiva conforme a lo aprobado.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 21 de abril de 2026
VISTOS, los documentos que conforman el Expediente N° OTEPA2026-INT-0276250; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción (en adelante, la Política Nacional), la cual tiene como objetivo general contar con instituciones transparentes e íntegras que practiquen y promuevan la probidad en el ámbito público, el sector empresarial y la sociedad civil; así como garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía;
Que, con el Decreto Supremo N° 148-2024-PCM, se aprueba el Modelo de Integridad, el mismo que incluye principios, componentes y criterios para su implementación y evaluación en las entidades del sector público, con el fin de fortalecer la cultura de integridad de las entidades públicas, para incrementar su capacidad de prevención y respuesta frente a prácticas antiéticas o corruptas; y, asegurar un servicio orientado al interés general y a la creación de valor público;
Que, a través del Decreto Supremo N° 141-2025-PCM, se aprueba la Política General de Gobierno 2025-2026: Transición Democrática y Reconciliación Nacional, la cual incluye los ejes y lineamiento que orientan la acción del Poder Ejecutivo, la cual incluye ejes y lineamientos que orientan la acción del Poder Ejecutivo, incluyendo el fortalecimiento de la integridad pública y la lucha contra la corrupción en todas las entidades del Estado;
Que, con la Resolución Directoral N° 010-2021-INACAL/DN, modificada por la Resolución Directoral N° 005-2024-INACAL/DN, se aprueba la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37301:2021/MT 1:2024 “Sistemas de gestión del compliance. Requisitos con orientación para su uso. MODIFICACIÓN TÉCNICA 1: Acciones relativas al cambio climático. 1a Edición” (en adelante, Norma ISO 37301), la cual tiene por objetivo especificar los requisitos y proporcionar directrices para establecer, desarrollar, implementar, evaluar, mantener, revisar y mejorar un Sistema de Gestión del compliance eficaz dentro de una organización;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 150-2025-MINEDU, se aprueba la Política del Sistema de Gestión Antisoborno y del Sistema de Gestión de Cumplimiento del Ministerio de Educación (Política del sistema Integrado de Gestión);
Que, con la Resolución Directoral N° 017-2025/INACAL/DN, se aprueba la nueva versión de la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37001:2025, la cual sustituye a la NTP-ISO 37001:2017 (1a Edición) y la NTP-ISO 37001:2017/MT 1:2024, asociada a acciones relativas al cambio climático; al respecto, el requisito 5.2 de la Norma ISO 37001 establece que la alta dirección debe establecer una política antisoborno; asimismo, el requisito 5.2 de la Norma ISO 37301 dispone que el órgano de gobierno y la alta dirección deben establecer una política de compliance;
Que, en ese contexto, mediante el Informe N° 00111-2026-MINEDU/SG-OTEPA, la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción propone dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 150-2025-MINEDU y sustenta la necesidad de actualizar la Política del Sistema de Gestión Antisoborno y del Sistema de Gestión de Cumplimiento del Ministerio de Educación (Política del Sistema Integrado de Gestión), debido a que se requiere mejorar la redacción de su narrativa a fin de cumplir con los requisitos de la Norma ISO 37001:2025 y Norma ISO 37301:2021;
Que, con el Informe N° 00515-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto emite opinión favorable respecto de la propuesta, por cuanto se encuentra alineada con los instrumentos de planificación estratégica del Sector Educación; asimismo, precisa que presupuestalmente su implementación no demandará recursos adicionales al Tesoro Público;
Que, a través del Informe N° 00582-2026-MINEDU-SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y considerando la documentación que obra en el expediente de Vistos, opina que la aprobación de la citada Política resulta legalmente viable, por lo que considera pertinente continuar con el trámite correspondiente para su aprobación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Decreto Supremo N° 148-2024-PCM, que aprueba el Modelo de Integridad; el Decreto Supremo N° 141-2025-PCM, que aprueba la Política General de Gobierno 2025-2026, la Resolución Directoral N° 017-2025/INACAL/DN, que aprueba la nueva versión de la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37001:2025, la cual sustituye a la NTP-ISO 37001:2017 (1a Edición) y la NTP-ISO 37001:2017/MT 1:2024; y, la Resolución Directoral N° 010-2021-INACAL/DN modificada por la Resolución Directoral N° 005-2024-INACAL/DN, se aprueba la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37301:2021/MT 1:2024 “Sistemas de gestión del compliance. Requisitos con orientación para su uso. MODIFICACIÓN TÉCNICA 1: Acciones relativas al cambio climático. 1a Edición”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 150-2025-MINEDU.
Artículo 2.- Aprobar la Política del Sistema de Gestión Antisoborno y del Sistema de Gestión de Cumplimiento del Ministerio de Educación (Política del Sistema Integrado de Gestión), que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Disponer que los documentos de gestión, procedimientos, formatos e instructivos relacionados al Sistema de Gestión Antisoborno y del Sistema de Gestión de Cumplimiento del Ministerio de Educación, se adecuen en forma progresiva, con posterioridad a la aprobación de la actualización de la Política aprobada en el artículo 2 de la presente Resolución.
Artículo 4.- Disponer que la implementación y mantenimiento del Sistema de Gestión Antisoborno y del Sistema de Gestión de Cumplimiento del Ministerio de Educación (Sistema Integrado de Gestión Antisoborno y Cumplimiento), este a cargo de la Oficina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción.
Artículo 5.- Disponer que la Secretaría General designe al responsable de la función antisoborno y de cumplimiento del Sistema de Gestión Antisoborno y del Sistema de Gestión de Cumplimiento del Ministerio de Educación.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
María Esther Cuadros Espinoza
Ministra de Educación
2508472-1

anticorrupcióncumplimiento normativointegridad pública

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