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MIDAGRI delega facultades ampliadas en contrataciones públicas y obras por impuesto

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000224-2026-MIDAGRI-DM · DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO · El Peruano · 3 de julio de 2026

Modifican delegación de facultades en diversos funcionarios del MIDAGRI en materia de contrataciones públicas e incorporan el rubro en materia de obras por impuesto durante el Año Fiscal 2026

Resumen

Modifica la RM Nº 0524-2025-MIDAGRI para ampliar facultades del Director General de Administración en contrataciones y del Director General de Planeamiento y Presupuesto en obras por impuesto. Rige desde su publicación en El Peruano (3 de julio de 2026).

A quién impacta

Órganos del MIDAGRI que reciben delegación: informarse de las nuevas facultades operativas en contrataciones y cartas de compromiso de priorización de recursos desde la vigencia de la norma.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Jesús María, 2 de julio del 2026
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se definen las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios, precisando, en el último párrafo de su artículo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, el numeral 67.1 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente;
Que, el artículo 9 de la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego es la más alta autoridad política y ejecutiva del Ministerio y es el Titular del Pliego presupuestal del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;
Que, por Resolución Ministerial Nº 0524-2025-MIDAGRI, modificada por Resolución Ministerial Nº 0023-2026-MIDAGRI se delegó, para el Ejercicio Fiscal 2026, facultades a diversos funcionarios del MIDAGRI y de órganos adscritos o descentralizados, proyectos especiales, programas u otros organismos dependientes, entre las cuales, fueron otorgadas facultades en materia de contrataciones públicas;
Que, el artículo 107 del Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, establece que previa autorización de la autoridad de gestión administrativa las partes pueden acordar la suspensión del plazo de ejecución contractual;
Que, el artículo 79 del Reglamento de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la Inversión Pública Regional y Local con participación del Sector Privado aprobado con Decreto Supremo Nº 038-2026-EF, establece que las Entidades Públicas que financian las intervenciones a través de fuentes del presupuesto institucional deben contar con la Carta de Compromiso de Priorización de Recursos, la cual es emitida por el titular de la Entidad Pública para Intervenciones que se ejecuten parcial o totalmente en los años fiscales siguientes;
Que, de acuerdo al marco normativo expuesto precedentemente y atendiendo a la estructura orgánica del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, resulta necesario modificar el artículo 8 de la Resolución Ministerial Nº 0524-2025-MIDAGRI, modificada por la Resolución Ministerial Nº 0023-2026-MIDAGRI, en el rubro “en materia de contrataciones del Estado” y modificar el artículo 12 incorporando el rubro “en materia de obras por impuestos;
Con las visaciones del Secretario General, del Director General de la Oficina General de Administración, del Director General (e) de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31075, Ley que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Se modifica el artículo 8 de la Resolución Ministerial Nº 0524-2025-MIDAGRI, modificada por la Resolución Ministerial Nº 0023-2026-MIDAGRI que delega facultades en diversos funcionarios del MIDAGRI y de órganos adscritos o descentralizados, proyectos especiales, programas u otros organismos dependientes, durante el año fiscal 2026, en el rubro “En materia de contrataciones públicas”, quedando redactado de la siguiente manera:
“Artículo 8.- Delegación de facultades en el Director General de la Oficina General de Administración
Se delega en el Director General de la Oficina General de Administración, las siguientes facultades y atribuciones en el ámbito de sus competencias:
(…)
En materia de Contrataciones Públicas
a) Solicitar la inscripción, actualización de la información o desactivación de la inscripción de la entidad en el Registro de Entidades Contratantes (REC) en el marco de la Directiva Nº 007-2025-OECE-CD “Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE” aprobada con Resolución D000055-2025-OSCE-PRE.
b) Solicitar el usuario de gestor de la información de la entidad de acuerdo a lo establecido en la Directiva Nº 007-2025-OECE-CD.
c) Suscribir, modificar y resolver los contratos con proveedores no domiciliados en el país, a que se refiere el literal n) del numeral 7.1 del artículo 7 de la LGCP, así como suscribir sus adendas.
d) Suscribir y resolver los contratos que resulten de procedimientos de selección competitivos y no competitivos, y los que deriven de los procedimientos de selección desarrollados en el marco de convenios suscritos por las compras corporativas facultativas y compras por encargo.
e) Autorizar la cesión de posición contractual en los casos permitidos en la LGCP.
f) Otorgar la garantía a cargo de la entidad, para los contratos de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles.
g) Suscribir y tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y otros actos vinculados a los procedimientos de contratación, que deban realizarse ante el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes - OECE, el Tribunal de Contrataciones Públicas, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulten necesarios realizar ante otras entidades, vinculados a las Contrataciones Públicas.
h) Emitir pronunciamiento que observe, elabore y/o apruebe la liquidación de los contratos de obra previstos en la LGCP.
i) Designar a los miembros integrantes de los Comités de recepción de obra.
j) Autorizar y suscribir la realización de contrataciones complementarias para bienes y servicios, salvo las excepciones previstas en la LGCP.
k) Aprobar o denegar la subcontratación por escrito y de manera previa, dentro del plazo previsto en el Reglamento de la LGCP.
l) Ejercer la representación del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego ante entidades financieras, para hacer efectiva la ejecución de las garantías presentadas por los Contratistas.
m) Suscribir Convenios Institucionales para la realización de Compras Corporativas Facultativas de bienes y servicios en general para encargar a otra Entidad Pública las actuaciones preparatorias y/o los procedimientos de selección de bienes y servicios en general así como desistirse de participar en las Compras Corporativas Facultativas de acuerdo al artículo 242 del Reglamento de la LGCP.
(…)”.
Artículo 2.- Se modifica el artículo 12 de la Resolución Ministerial Nº 0524-2025-MIDAGRI, modificada por la Resolución Ministerial Nº 0023-2026-MIDAGRI que delega facultades en diversos funcionarios del MIDAGRI y de órganos adscritos o descentralizados, proyectos especiales, programas u otros organismos dependientes, durante el año fiscal 2026, incorporando el rubro “En materia de obras por impuesto”, quedando redactado de la siguiente manera:
“Artículo 12.- Delegación de facultades en el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto
Se delega en el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, las siguientes facultades y atribuciones en el ámbito de sus competencias:
En materia Presupuestal y Financiera
Aprobar la formalización de las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático que se realicen dentro de las Unidades Ejecutoras del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, de acuerdo a la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
En materia de Obras por Impuesto
Emitir la Carta de Compromiso de Priorización de Recursos para Intervenciones que se ejecuten parcial o totalmente en los años fiscales siguientes.
(…)”.
Artículo 3.- Se dispone se notifique la presente Resolución Ministerial al Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, al Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, al Secretario General, así como a todos los órganos, unidades orgánicas, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.
Artículo 4.- Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FELIPE CÉSAR MEZA MILLÁN
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
2531395-1

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