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Municipalidad de Cieneguilla convoca a primera audiencia pública de rendición de cuentas 2026

Decretos de Alcaldía N° 009-2026-MDC · MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA · El Peruano · 20 de mayo de 2026

Convocan a participar en la “PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL AÑO FISCAL 2026 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA”

Resumen

Aprueba convocatoria y cronograma para la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2026, e implementa la Ordenanza N° 359-2023-MDC conforme al marco técnico nacional. Rige desde el día siguiente de su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Ciudadanía del distrito: participar en la audiencia conforme al cronograma aprobado. Órganos municipales: publicar convocatoria en medios masivos y plataforma digital, e informarse del cronograma de actividades.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Cieneguilla, 29 de abril de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA
VISTOS:
El Memorando N° 671-2026-MDC/GPP, de fecha 29 de abril de 2026, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Legal N° 0131-2026-MDC/GAJ, de fecha 29 de abril de 2026, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 479-2026-MDC/GM, de fecha 29 de abril de 2026, de la Gerencia Municipal, respecto al Decreto de Alcaldía que establece la: Convocatoria a la ciudadanía en general del distrito de Cieneguilla a participar en la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2026 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, la aprobación del Cronograma de Actividades para el Desarrollo de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2026 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza N° 359-2023-MDC y la implementación y/o adecuación de la mencionada Ordenanza en el marco del numeral 7.1 del Instrumento Técnico Orientador para el Desarrollo de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, aprobado mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 015-2024-PCM/SD, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, es el órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa, reconocida por la Constitución Política del Perú, correspondiéndole por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias, la rendición de cuentas como un mecanismo de control social y un principio de la gestión pública, que promueve la transparencia y la vigilancia ciudadana, fortaleciendo la relación entre las autoridades y la población contribuyendo a prevenir la corrupción;
Que, el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias, establece como atribuciones del Alcalde: Dictar decretos de alcaldía, con sujeción a las ordenanzas; asimismo, el Artículo 42° de la mencionada Ley establece que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, en el primer párrafo del Artículo 148° de la mencionada Ley, se establece que: Los gobiernos locales están sujetos a las normas de transparencia, de sostenibilidad fiscal y a otras conexas en su manejo de los recursos públicos; dichas normas constituyen un elemento fundamental para la generación de confianza de la ciudadanía en el accionar del Estado, así como para alcanzar un manejo eficiente de los recursos públicos. Para tal afecto aprobarán normas complementarias que establezcan mecanismos efectivos para la rendición de cuentas;
Que, la Ley N° 31433, Ley que modifica la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 2°. Incorporación del Artículo 119-A a la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, (…), estableciéndose que los gobiernos locales realizan como mínimo dos (02) audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en septiembre, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal;
Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 015-2024-PCM/SD, se aprobó el “Instrumento Técnico Orientador para el Desarrollo de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales”, donde se establece las pautas y orientaciones concretas que contribuyan a que los gobiernos regionales y gobiernos locales desarrollen las audiencias públicas de rendición de cuentas, brindando información de calidad en base a sus planes de desarrollo concertado, respetando la autonomía de los gobiernos descentralizados;
Que, la Única Disposición Complementaria Final del Reglamento para el Desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, aprobado mediante Ordenanza N° 359-2023-MDC, establece que: Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento serán absueltos por la Gerencia Municipal, siendo ratificado por el Alcalde, quien, de ser el caso, dictará las normas complementarias mediante Decreto o Resolución de Alcaldía, según corresponda a la naturaleza de los aspectos a ser regulados, en concordancia con el Artículo Tercero de la mencionada Ordenanza;
Que, mediante Memorando N° 671-2026-MDC/GPP, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, luego de haber efectuado el análisis normativo y técnico correspondiente, solicita y recomienda la emisión del Decreto de Alcaldía que establece la: “Convocatoria a la ciudadanía en general del distrito de Cieneguilla a participar en la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2026 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla”, la aprobación de la propuesta de: “Cronograma de Actividades para el Desarrollo de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2026 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla” y la implementación y/o adecuación de la Ordenanza N° 359-2023-MDC, en el marco del numeral 7.1 del Instrumento Técnico Orientador para el Desarrollo de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, aprobado mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 015-2024-PCM/SD, para lo cual remite el mencionado proyecto de Decreto de Alcaldía y su Anexo correspondiente;
Que, con Informe N° 0131-2026-MDC/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente la emisión del Decreto de Alcaldía que establece la “Convocatoria a la ciudadanía en general del distrito de Cieneguilla a participar en la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2026 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla”, y la aprobación de la propuesta de: “Cronograma de Actividades para el Desarrollo de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2026 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla” conforme a los fundamentos técnicos normativos expuestos por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, recomendando derivar los actuados a la Secretaría General a fin de que el titular de la entidad emita el Decreto de Alcaldía, conforme a sus facultades;
Que, mediante Memorándum N° 479-2026-MDC/GM, la Gerencia Municipal solicita a la Secretaría General la elaboración del respectivo Decreto de Alcaldía a ser suscrito por el titular de la entidad;
Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Numeral 6) del Artículo 20° y el Artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias y la Única Disposición Complementaria Final del Reglamento, aprobado mediante Ordenanza N° 359-2023-MDC, en concordancia con el Artículo Tercero de la mencionada Ordenanza;
DECRETA:
Artículo Primero.- CONVOCAR, a la ciudadanía en general del distrito de Cieneguilla a participar en la “PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL AÑO FISCAL 2026 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA” en el marco del Artículo 11° del Reglamento para el Desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, aprobado mediante Ordenanza N° 359-2023-MDC y de acuerdo con lo que será establecido en el “Cronograma de Actividades para el Desarrollo de la Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Año Fiscal 2026 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla”.
Artículo Segundo.- APROBAR, el “CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PARA EL DESARROLLO DE LA PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL AÑO FISCAL 2026 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA”, según el Anexo adjunto que forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo Tercero.- DISPONER, el cumplimiento a todos los órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla: (Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencias y Subgerencias), de lo establecido en el Artículo 9° del Reglamento, aprobado mediante Ordenanza N° 359-2023-MDC y en el presente Decreto y su respectivo Anexo en cuanto les corresponda.
Artículo Cuarto.- DISPONER, la implementación y/o adecuación de la Ordenanza N° 359-2023-MDC, en el marco del numeral 7.1 del Instrumento Técnico Orientador para el Desarrollo de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, aprobado mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 015-2024-PCM/SD, por encontrarse acorde al marco normativo vigente sobre la materia.
Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto, en el Diario Oficial “El Peruano”, a la Subgerencia de Tecnologías de Información y Comunicación, la publicación del mencionado Decreto conjuntamente con el Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano - Municipalidad Distrital de Cieneguilla: www.gob.pe/municieneguilla y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión del presente Decreto y su Anexo en los medios de comunicación con los que cuenta la entidad.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA
Alcalde
IVAN E. CARDENAS ESPINOZA
Secretario General
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