Comisión Organizadora elabora Estatuto del Colegio Profesional de Artistas del Perú

LEY N° 32645 · CONGRESO DE LA REPÚBLICA · El Peruano · 13 de junio de 2026

Ley que crea el Colegio Profesional de Artistas del Perú (CPAP)

Resumen

Crea el Colegio Profesional de Artistas del Perú como institución gremial de derecho público. La Comisión Organizadora debe elaborar el anteproyecto de Estatuto en sesenta días desde la publicación; el Consejo Directivo Nacional aprobará el Código de Ética en treinta días posteriores a su instalación.

A quién impacta

Comisión Organizadora: elaborar anteproyecto de Estatuto dentro de sesenta días calendario desde la vigencia. Consejo Directivo Nacional: aprobar Código de Ética treinta días después de iniciada su gestión.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

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