Comisión Organizadora elabora Estatuto del Colegio Profesional de Artistas del Perú
LEY N° 32645 · CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Crea el Colegio Profesional de Artistas del Perú como institución gremial de derecho público. La Comisión Organizadora debe elaborar el anteproyecto de Estatuto en sesenta días desde la publicación; el Consejo Directivo Nacional aprobará el Código de Ética en treinta días posteriores a su instalación.