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Municipalidad de Lurín declara cuentas bancarias como bienes inalienables e inembargables

ACUERDO N° 014-2026/MDL · MUNICIPALIDAD DE LURÍN · El Peruano · 9 de mayo de 2026

Declaran bienes de dominio público, inalienables, imprescriptibles e inembargables a las cuentas bancarias de la municipalidad, incluyendo flujos actuales y futuros de diversos fondos de recaudación, así como las cuentas corrientes, de ahorros y depósitos a plazo, que mantiene en el sistema financiero

Resumen

Declara las cuentas bancarias municipales (incluyendo flujos tributarios y depósitos) como bienes de dominio público inalienables, imprescriptibles e inembargables. Rige desde el día siguiente de su publicación en El Peruano (9 de mayo de 2026).

A quién impacta

OGAF debe notificar a Banco de la Nación y entidades financieras sobre el carácter inalienable de las cuentas; Tesorería debe garantizar cumplimiento en su ámbito funcional; Oficina de TI debe publicar en portal de transparencia.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

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