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Municipalidad Metropolitana de Lima modifica datos técnicos del predio RP-0606-A

Acuerdo N° 152 · MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA · El Peruano · 21 de junio de 2026

Modifican el Acuerdo de Concejo N° 162 que aprobó la ejecución de expropiación y valor de tasación de inmueble con código RP-0606-A

Resumen

Reemplaza linderos y medidas perimétricas del inmueble RP-0606-A, precisando el área expropiada en 26,284.76 m² conforme al Acuerdo N° 162 de 2025. Rige al día siguiente de su publicación en El Peruano.

A quién impacta

Gerencia de Promoción de la Inversión Privada: notificar modificación a sujetos pasivos y tramitar inscripción registral ante SUNARP conforme a procedimiento del TUO DL N° 1192.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA:
POR CUANTO;
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha; en uso de sus facultades normativas y lo indicado en los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización a través del Dictamen N° 051-2026-MML/CMAEO y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales mediante Dictamen N° 057-2026-MML/CMAL; por mayoría y con dispensa de trámite de aprobación de acta, para su inmediata ejecución.
Ha adoptado el acuerdo siguiente:
VISTOS: el Informe N° D000125-2026-MML-GPIP-SGCPP de la Subgerencia de Gestión de Contratos con Participación Privada, el Memorando N° D000570-2026-MML-GPIP de la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada, el Informe N° D000494-2026-MML-OGAJ de la Oficina General de Asuntos Jurídicos, el Memorando N° D001083-2026-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana; el Acuerdo de Concejo N° 162 del Concejo Metropolitano, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, así como el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 162 del 22 de mayo de 2025, publicado el 28 de mayo de 2025 en el diario oficial El Peruano, se aprobó la ejecución de la expropiación del predio identificado con código RP-0606-A, con un área de 26,284.76 m2, que forma parte de un inmueble de mayor extensión inscrito en la Partida N° 11046136 del Registro de Predios de Lima, sin unidad catastral, terreno rústico, ubicado en la urbanización Los Girasoles de Huampaní, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, afectado por la ejecución del proyecto vial concesionado: “Vías Nuevas de Lima” y el valor de tasación del mismo, ascendente a S/ 4’678,687.28 (cuatro millones seiscientos setenta y ocho mil seiscientos ochenta y siete con 28/100 soles), conforme el detalle que obra en el anexo forma parte integrante del citado acuerdo;
Que, mediante Oficio N° D000591-2025-MML-GPIP del 31 de julio de 2025 (Titulo N° 2025-02246075), la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada solicitó a la Superintendencia Nacional de Registro Públicos - SUNARP, la inscripción registral de independización del inmueble signado con el código RP-0606-A, antes descrito;
Que, mediante Oficio N° D000144-2026-MML-GPIP del 11 de febrero de 2026, la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada, solicitó la rogatoria de inscripción registral de independización, el cual fue asignado con el Título N° 2026-496217, correspondiente al área de terreno de 26,284.76 m² expropiado del predio signado con código RP-0606-A, antes descrito;
Que, mediante esquela de observación de fecha 22 de abril de 2026, el Registrador de la Oficina Registral de Lima, advirtió, entre otras observaciones que, en el Acuerdo de Concejo N° 162 del 22 de mayo de 2025, no se consignó el área de terreno de 26,284.76 m² materia de expropiación, a efectos de ser contrastada con la documentación técnica adjuntada al Título N° 2026-496217; asimismo, observó que los lados derecho e izquierdo del polígono contenidos en la parte técnica del anexo del citado acuerdo consignan, ambos, una línea quebrada de 6 tramos, lo cual no guarda concordancia con la documentación técnica presentada para la inscripción registral de independización;
Que, la Oficina General de Asuntos Jurídicos, a través del Informe N° D000494-2026-MML-OGAJ del 27 de mayo de 2026, emite opinión favorable y concluye que resulta conforme a la normativa vigente que el Concejo Metropolitano emita un Acuerdo de Concejo que modifique parcialmente el Acuerdo de Concejo N° 162 antes mencionado, respecto de los datos técnicos contenidos en su anexo, precisándose además el área de terreno expropiado de 26,284.76 m², con el objetivo de levantar las observaciones advertidas por la Oficina Registral de Lima en el Título N° 2026-496217;
ACORDÓ:
Artículo Primero.- MODIFICAR los datos técnicos del inmueble que se detalla en el Anexo del Acuerdo de Concejo N° 162 del 22 de mayo de 2025, respecto del ítem: IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE - CÓDIGO: RP0606-A - LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA; el mismo que queda redactado de la siguiente manera:
CÓDIGO: RP-0606-A
LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:
Por el Frente:
Colinda con parte del predio; en línea quebrada de noventa y nueve tramos de 0.90m, 0.99 m, 0.99 m, 0.99 m, 1.97 m, 0.98 m, 5.90 m, 4.92 m, 5.90 m, 4.92 m, 6.88 m, 3.93 m, 5.89 m, 6.86 m, 1.01 m, 0.98 m, 0.99 m, 2.94 m, 1.96 m, 1.17 m, 0.99 m, 1.97 m, 1.06 m, 1.00 m, 3.92 m, 1.23 m, 7.88 m, 2.05 m, 4.20 m, 1.04 m, 1.07 m, 1.73 m, 5.56 m, 5.21 m, 2.08 m, 6.25 m, 2.10 m, 3.13 m, 5.20 m, 3.12 m, 3.12 m, 4.14 m, 3.11 m, 2.05 m, 1.10 m, 1.13 m, 3.28 m, 7.15 m, 2.00 m, 2.00 m, 2.00 m, 9.00 m, 6.00 m, 3.86 m, 2.88 m, 2.88 m, 4.80 m, 0.94 m, 0.04 m, 2.88 m, 2.87 m, 1.07 m, 2.73 m, 0.93 m, 5.57 m, 3.75 m, 2.81 m, 2.83 m, 2.82 m, 0.94 m, 0.96 m, 4.14 m, 1.11 m, 2.26 m, 1.05 m, 1.04 m, 1.04 m, 1.35 m, 5.20 m, 6.23 m, 2.76 m, 1.81 m, 10.22 m, 1.86 m, 2.31 m, 0.78 m, 0.77 m, 0.77 m, 0.85 m, 0.62 m, 0.82 m, 0.59 m, 5.16 m, 7.78 m, 8.03 m, 11.06 m, 2.06 m, 1.47 m, 0.63 m.
Por la derecha:
Colinda con la parte del predio; en línea recta de un tramo de 56.86 m.
Por la izquierda:
Colinda con la parte del predio; en línea quebrada de seis tramos de 12.91 m, 3.83 m, 100.90 m, 30.00 m, 0.47 m y 4.50 m.
Por el fondo:
Colinda con parte del predio; en línea quebrada de diecinueve tramos de 8.36 m, 11.18 m, 12.95 m, 50.30 m, 48.29 m, 54.72 m, 31.31 m, 6.58 m, 8.82 m, 13.37 m, 5.93 m, 8.03 m, 8.03 m, 5.65 m, 6.04 m, 1.29 m, 2.19 m, 2.42 m y 6.47 m.
Artículo Segundo.- PRECISAR que el área de terreno expropiado del predio identificado con código RP-0606-A es de 26,284.76 m², correspondiente al área de terreno matriz inscrita en la Partida Electrónica N° 11046136 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada, efectuar la notificación del presente acuerdo a los sujetos pasivos, comunicándoseles la modificación de los datos técnicos del anexo que forma parte integrante del Acuerdo de Concejo N° 162 del 22 de mayo de 2025, siguiendo igual formalidad a lo prescrito en el literal e) del numeral 28.1 del artículo 28 del TUO del Decreto Legislativo N° 1192.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina General de la Secretaría del Concejo publicar el presente acuerdo en el diario oficial “El Peruano”; y a la Oficina de Gobierno Digital, su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: https://transparencia.munlima.gob.pe.
POR TANTO:
Al promulgarse, mando se registre, publique, comunique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los dieciocho días de junio de dos mil veintiséis.
RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO
Alcalde
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