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Resolución de Gerencia General
N° 00110-2026-OEFA/GEG
Lima, 10 de setiembre de 2026
VISTOS: El Informe N° 00042-2026-OEFA/OPP emitido por la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto; el Informe N° 00266-2026-OEFA/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo
N° 00119-2025-OEFA/PCD, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del año fiscal 2026 del
Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, en el marco de lo establecido en
la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2026;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 0022-2025-EF/50.01, del 30 de diciembre de
2025 se modificó la entrada en vigencia del artículo 47° del Decreto Legislativo N° 1440 “Decreto Legislativo
del Sistema Nacional de Presupuesto Público”, el mismo que será a partir del 1 de enero de 2029;
Que, el numeral 40.1 del artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF (en
adelante, la Ley General), define a las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático
como aquellas que se efectúan dentro del marco del presupuesto institucional vigente de cada pliego, las
habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el presupuesto
institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional
programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr
durante el año fiscal;
Que, el numeral 40.2 del artículo 40° de la Ley General establece, entre otros aspectos,
que las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático son aprobadas mediante
resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, pudiendo delegar
dicha facultad a través de disposición expresa y publicada en el diario oficial El Peruano;
Que, el acápite i) del literal b) del numeral 24.1 del artículo 24° de la Directiva
N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral
N° 0009-2024-EF/50.01 y modificada por las Resoluciones Directorales números 0036-2024-EF/50.01,
0001, 0013-2025-EF/50.01 y 0004-2026-EF/50.01 (en adelante, la Directiva), establece que las
modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, efectuadas en el mes respectivo, se
formalizan mediante resolución del Titular del Pliego en los plazos señalados en el respectivo cuadro de
plazos, detallando la sección, unidad ejecutora, categoría presupuestal, producto y/o proyecto según
corresponda, actividad, fuente de financiamiento, categoría del gasto y genérica del gasto;
Que, a través del artículo 1° de la Resolución Directoral N° 0021-2025-EF/50.01, se
aprueba el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el año fiscal 2026
correspondiente a los pliegos de los Gobiernos Nacional, Regionales y Locales;
Que, mediante el Informe N° 00042-2026-OEFA/OPP, la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto señala que durante el mes de agosto del año fiscal 2026 se han realizado modificaciones
presupuestarias en el nivel funcional programático dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente
del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, considerando las limitaciones
a las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático previstas en el artículo 48° del
2026-I01-037833
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Decreto Legislativo N° 1440, las cuales corresponden ser formalizadas en cumplimiento de los
procedimientos y conforme al Modelo N° 05/GN establecidos en la Directiva;
Que, a través del subnumeral 1.1.1 del numeral 1.1 del artículo 1° de la Resolución de
Presidencia del Consejo Directivo N° 00121-2025-OEFA/PCD, se delega en el/la Gerente/a General, entre
otras facultades en materia presupuestal, la de aprobar la formalización de las modificaciones
presupuestarias en el nivel funcional programático a que se refiere el artículo 40° de la Ley General;
Con el visado de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y, de la Oficina de Asesoría
Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el año fiscal 2026; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional
de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la
Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Resolución Directoral
N° 0009-2024-EF/50.01, que aprueba la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución
Presupuestaria”, modificada por las Resoluciones Directorales números 0036-2024-EF/50.01, 0001,
0013-2025-EF/50.01 y 0004-2026-EF/50.01; el literal g) del artículo 18° del Reglamento de Organización y
Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo
N° 013-2017-MINAM; y, en uso de la facultad delegada mediante la Resolución de Presidencia de Consejo
Directivo N° 00121-2025-OEFA/PCD;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Formalizar las modificaciones presupuestarias efectuadas durante el mes
de agosto del año fiscal 2026 en el nivel funcional programático dentro de la Unidad Ejecutora
001: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Administración - OEFA, conforme al Anexo que
se adjunta a la presente Resolución, en el marco de lo dispuesto en el artículo 40° del Texto Único Ordenado
de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo
N° 304-2012-EF.
Artículo 2°.- La presente Resolución se sustenta en las “Notas para Modificación
Presupuestaria” emitidas por la Unidad Ejecutora 001: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental
- Administración - OEFA durante el mes de agosto del año fiscal 2026.
Artículo 3°.- Encargar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remitir copia de la
presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas,
hasta el 15 de setiembre de 2026 como plazo máximo.
Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de
Transparencia Estándar y en la sede digital del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA
(www.gob.pe/oefa) en el día de su emisión.
Regístrese y comuníquese.
[FPINTADO]
FIDEL PINTADO PASAPERA
Gerente General
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA
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