informativogobierno

Junta de Fiscales Supremos establece plazo de 10 días hábiles para analizar destituciones

RESOLUCIÓN N° 020-2026-MP-FN-JFS · MINISTERIO PÚBLICO · El Peruano · 27 de mayo de 2026

Modifican el Reglamento de Sesiones, Actas y Trámites de la Junta de Fiscales Supremos

Resumen

Modifica el procedimiento de análisis de propuestas de destitución, agregando plazo explícito de 10 días hábiles y ajustando criterios de proporcionalidad en la sanción. Rige desde el 28 de mayo de 2026.

A quién impacta

El ponente designado debe analizar cada propuesta de destitución dentro de 10 días hábiles, aplicando criterio de proporcionalidad que permite considerar sanción de suspensión para faltas muy graves.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 26 de mayo de 2026
VISTOS:
La Constitución Política del Perú; el Decreto Legislativo Nº 052 que aprueba la Ley Orgánica del Ministerio Público; la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos n.º 020-2024-MP-FN-JFS y sus modificatorias; el Informe Nº 001-2026-MP-FN-SJFS, de fecha 4 de mayo de 2026 suscrito por la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos; y,
CONSIDERANDO:
Primero: De acuerdo con el artículo 158 de la Constitución Política del del Perú se establece que el Ministerio Público es un organismo constitucionalmente autónomo. El artículo 154 inciso 3 de la Constitución Política del Perú establece que es a solicitud de la Junta de Fiscales Supremos la aplicación de la sanción de destitución por la Junta Nacional de Justicia, en tal sentido, mediante Resolución Nº 020-2024-MP-FN-JFS la Junta de Fiscales Supremos aprobó el Reglamento de Sesiones, Actas y Trámites de la Junta de Fiscales Supremos.
Segundo: El artículo 38 del Reglamento de Sesiones, Actas y Trámites de la Junta de Fiscales Supremos, establece el trámite que debe darse a los expedientes de propuestas de destituciones remitidos por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, no obstante, ello no se precisa el plazo o termino en el que éste debe efectuarse, resultando necesario y adecuado priorizar un plazo para el trámite de las propuestas de destituciones por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público y se inserte en el Reglamento de Sesiones, Actas y Trámites de la Junta de Fiscales Supremos
Tercero: La Junta de Fiscales Supremos mediante Resolución Nº 051-2025-MP-FN-JFS, de fecha 10 de noviembre del 2025, resolvió modificar el artículo 38.2 del Reglamento de Sesiones, Actas y Trámites de la Junta de Fiscales Supremos, el mismo que tuvo como fundamento la búsqueda de asegurar el debido procedimiento en las propuestas de destitución remitidas por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, incorporándose así los literales a), b) y c) en dicho artículo.
Cuarto: Del contenido del literal c) del artículo 38.2 del Reglamento de Sesiones, Actas y Trámites de la Junta de Fiscales Supremos, se advierte que no coincidiría, en su totalidad, con el fundamento de búsqueda de asegurar el debido procedimiento, pues incidiría en el fondo y no en la forma del proceso, correspondiendo su modificación, conforme se ha precisado en nel Informe Nº 001-2026-MP-FN-SJFS.
Quinto: En consecuencia, la Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo n.º 032-2026 adoptado en sesión ordinaria continuada de fecha 26 de mayo de 2026, convino por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, modificar el artículo 38.2 del Reglamento de Sesiones, Actas y Trámites de la Junta de Fiscales Supremos.
En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 52, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente;
RESUELVE:
Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo 38.2 del Reglamento de Sesiones, Actas y Trámites de la Junta de Fiscales Supremos, en los siguientes términos:
“Artículo 38.2. El ponente analiza la propuesta de destitución de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público en el plazo de 10 días hábiles, bajo los siguientes criterios:”
Artículo Segundo.- MODIFICAR el literal c) del artículo 38.2 del Reglamento de Sesiones, Actas y Trámites de la Junta de Fiscales Supremos, en los siguientes términos:
“c. Examinar la proporcionalidad y razonabilidad de la sanción de destitución, teniendo en cuenta que las faltas muy graves también pueden merecer sanción de suspensión.”
Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución Disponer la notificación de la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, a la Presidencia de la Junta Nacional de Justicia, a la Presidencia del Congreso de la República, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores a nivel nacional, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Provinciales a nivel nacional, a la Gerencia General del Ministerio Público, a la Oficina Central de Planificación y Presupuesto, a la Gerencia Administrativa de las Unidades Ejecutoras, a la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, a la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, a la Oficina General de Potencial Humano, Oficina General de Asesoría Jurídica, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
Presidente de la Junta de Fiscales Supremos
2519355-14

ministerio públicoprocedimiento administrativo

Normas relacionadas

informativojusticiaEl Peruano

Fiscalía nombra a Mónica Tasayco Huapaya fiscal provincial provisional en Iberia, Madre de Dios

RESOLUCIÓN 2891-2026-MP-FN

Da por concluido su nombramiento como fiscal adjunta provisional en Lima Norte y la designa en la Fiscalía Provincial Mixta de Iberia, con reserva de su plaza de origen. Sin cláusula de vigencia expresa.

informativojusticiaEl Peruano

Fiscalía de la Nación nombra fiscal adjunta superior provisional en Ayacucho

RESOLUCIÓN 2910-2026-MP-FN

Da por concluida su designación en la fiscalía especializada en corrupción de funcionarios y la designa en la Quinta Fiscalía Superior Penal de Ayacucho, con retención de su cargo de carrera; no fija cláusula de vigencia expresa.

informativojusticiaEl Peruano

Fiscal de la Nación nombra fiscal provisional en Callao y lo destaca a lavado de activos

RESOLUCIÓN 2893-2026-MP-FN

Lo designa en la Décima Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, con reserva de plaza, y lo destaca a la fiscalía supraprovincial de lavado de activos, desde su juramentación hasta el 31 de diciembre de 2026.

informativojusticiaEl Peruano

Fiscal de la Nación designa a Mariola Paima Araujo en la Oficina de Recuperación de Activos

RESOLUCIÓN 2907-2026-MP-FN

Da por concluida la incorporación de la plaza en la Unidad Funcional de Gestión de la Recuperación de Activos y la incorpora temporalmente a esa oficina; le encarga la Oficina de Análisis Estratégico contra la Criminalidad hasta disposición en contrario.

informativojusticiaEl Peruano

Fiscalía designa a la fiscal Gina Coronado López en nuevo despacho penal de Lima Centro

RESOLUCIÓN 2908-2026-MP-FN

Concluye su designación en el 3º Despacho Provincial Penal de Magdalena del Mar-San Miguel-Pueblo Libre y la designa en el 5º Despacho de la Sexta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María. Sin cláusula de vigencia expresa.