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Ministerio Público cesa a fiscal adjunta provincial por fallecimiento

RESOLUCIÓN N° 1633-2026-MP-FN · MINISTERIO PÚBLICO · El Peruano · 10 de junio de 2026

Cesan por motivo de fallecimiento a fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Junín

Resumen

Cesa en el cargo a Mary Luz Mercado Rivas, fiscal adjunta provincial provisional, por causa de muerte. La resolución tiene eficacia anticipada al 14 de mayo de 2026.

A quién impacta

Junta Nacional de Justicia, presidencias fiscales y gerencias del Ministerio Público: actualizar registros administrativos y de personal del Distrito Fiscal de Junín.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 9 de junio de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 003696-2026-MP-FN-PJFSJUNIN, de fecha 28 de mayo de 2026, e informe Nº 057-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 4 de junio de 2026, y;
CONSIDERANDO:
A través del oficio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, comunica el sensible fallecimiento de la abogada Mary Luz Mercado Rivas, ocurrido el día 14 de mayo de 2026, por lo cual remite la copia del Acta de Defunción expedida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC.
Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1604-2017-MP-FN, de fecha 18 de mayo de 2017, se resolvió nombrar a la abogada Mary Luz Mercado Rivas, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Junín, designándola en la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huancayo; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
El numeral 1 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, establece que el cargo de fiscal termina, entre otros, por muerte. Asimismo, el literal a. del artículo 182 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece que, de acuerdo con la Ley, el término de la Carrera Administrativa se produce, entre otros, por fallecimiento.
El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
Por lo expuesto, estando a la facultad concedida al Fiscal de la Nación, corresponde emitir el resolutivo a fin de cesar en el cargo de fiscal a la abogada Mary Luz Mercado Rivas por motivo de fallecimiento, con eficacia anticipada a partir del 14 de mayo de 2026; en atención al marco normativo y según el informe Nº 057-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 4 de junio de 2026.
De conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Cesar por motivo de fallecimiento a la abogada Mary Luz Mercado Rivas, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Junín, designada en la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huancayo, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1604-2017-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 18 de mayo de 2017 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; con eficacia anticipada a partir del 14 de mayo de 2026.
Artículo Segundo.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y Oficina de Imagen Institucional.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2523941-1

ministerio públicojunín

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