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Ministerio Público acepta renuncia de fiscal adjunto provincial con eficacia anticipada

RESOLUCIÓN N° 1636-2026-MP-FN · MINISTERIO PÚBLICO · El Peruano · 10 de junio de 2026

Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro

Resumen

Se acepta la renuncia del abogado Erick Jhonatan Saavedra Montellanos como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, con efectos desde el 3 de junio de 2026. El renunciante conserva su plaza de origen en reserva dentro del régimen administrativo.

A quién impacta

Fiscal renunciante debe efectuar entrega de cargo conforme a la Directiva General N° 007-2022-MP-FN. Oficina General de Potencial Humano gestionará su situación como personal administrativo registrado en SIGA.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 9 de junio de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 003665-2026-MP-FN-FSCN-FECCO, de fecha 2 de junio de 2026, e informe Nº 0342-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 4 de junio de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de vistos, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, remite y otorga conformidad a la carta de renuncia presentada en fecha 1 de junio de 2026, suscrita por el abogado Erick Jhonatan Saavedra Montellanos, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designado en la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, quien presenta su renuncia al cargo por motivos laborales.
En su carta de renuncia, el citado abogado señala como último día de labores el 2 de junio de 2026, y solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley, advirtiéndose que cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2232-2023-MP-FN, de fecha 7 de septiembre de 2023, se resolvió nombrar al abogado Erick Jhonatan Saavedra Montellanos, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, con reserva de su plaza de origen; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien este facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).
El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0342-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 4 de junio de 2026, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte la renuncia del abogado Erick Jhonatan Saavedra Montellanos, con eficacia anticipada a partir del 3 de junio de 2026.
De conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Erick Jhonatan Saavedra Montellanos, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y a su designación en la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2232-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 7 de septiembre de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; con eficacia anticipada a partir del 3 de junio de 2026.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Erick Jhonatan Saavedra Montellanos que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2022-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina General de Potencial Humano y/o Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal respectivo, de ser el caso, realice la gestión correspondiente en relación al abogado Erick Jhonatan Saavedra Montellanos, quien se encuentra con reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA).
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2523941-4

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