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Ministerio Público concluye designación de fiscal adjunto provincial de Jaén

RESOLUCIÓN N° 1679-2026-MP-FN · MINISTERIO PÚBLICO · El Peruano · 13 de junio de 2026

Dan por concluida designación de fiscal en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jaén

Resumen

Formaliza la conclusión de la designación del abogado Héctor Díaz Llamo como fiscal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Jaén, Lambayeque, con eficacia a partir del 5 de junio de 2026. Requiere entrega de cargo conforme protocolo interno.

A quién impacta

Héctor Díaz Llamo debe realizar entrega de cargo según Directiva N° 007-2002-MP-FN; Junta Nacional de Justicia cancela título otorgado. Oficinas administrativas del MP se informan de la conclusión.

Fuente oficial: texto completo en El Peruano

Texto oficial completo

Texto extraído de la publicación oficial en El Peruano. El documento original es la única versión con valor legal.

Lima, 11 de junio de 2026
VISTOS:
Los oficios Nºs. 000051 y 002124-2026-MP-FN-PJFS-LAMBAYEQUE, de fechas 1 y 4 de junio de 2026, respectivamente, e informe Nº 0363-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 9 de junio de 2026; y,
CONSIDERANDO:
Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 6265-2015-MP-FN, de fecha 22 de diciembre de 2015, se resolvió designar al abogado Héctor Díaz Llamo, fiscal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Jaén, Distrito Fiscal de Lambayeque, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jaén.
A través de los oficios Nºs. 000051 y 002124-2026-MP-FN-PJFS-LAMBAYEQUE, de fechas 1 y 4 de junio de 2026, respectivamente, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, eleva al Despacho de la Fiscalía de la Nación la carta presentada en fecha 1 de junio de 2026, suscrita por el abogado Héctor Díaz Llamo, quien formula su renuncia al cargo de fiscal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Jaén, Distrito Fiscal de Lambayeque, y a su designación en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jaén, por motivos personales y profesionales, solicitando la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley, para que su renuncia se haga efectiva a partir del 5 de junio de 2026, contando con el visto bueno de su jefe inmediato, y con la conformidad de la referida presidencia.
En ese contexto, con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 027-2026-MP-FN-JFS, de fecha 9 de junio de 2026, se aceptó la renuncia formulada por el abogado Héctor Díaz Llamo, al cargo de fiscal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Jaén, Distrito Fiscal de Lambayeque, a partir del 5 de junio de 2026.
Del reporte de quejas y denuncias Nº 01402-2026-202000500, de fecha 3 de junio de 2026, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, se advierte que el citado abogado registra una (1) queja en trámite.
El numeral 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, y a la renuncia aceptada por la Junta de Fiscales Supremos, resulta necesario emitir el resolutivo correspondiente que dé por concluida la designación del fiscal renunciante, con eficacia anticipada a partir del 5 de junio de 2026; en atención al marco normativo antes citado y considerando lo señalado en el informe Nº 0363-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 9 de junio de 2026.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Héctor Díaz Llamo, fiscal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Jaén, Distrito Fiscal de Lambayeque, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jaén, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 6265-2015-MP-FN, de fecha 22 de diciembre de 2015, con eficacia anticipada a partir del 5 de junio de 2026; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para la cancelación del título otorgado al abogado Héctor Díaz Llamo mediante la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 264-2015-CNM, de fecha 19 de junio de 2015.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Héctor Díaz Llamo que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación
2525170-15

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